Redacción 2001.com.ve
La reforma de Ley publicada este lunes en Gaceta Oficial Extraordinaria n° 6.202 impone sanciones de cárcel a personas que expendan a sobre precios los productos regulados por el Estado, Dicha sanción también será extensiva a las personas que comercialicen cualquier tipo de estos productos regulados a través de medios electrónicos y otros medios publicitarios.
La reforma parcial a varios artículos de la Ley de Precios Justos trae consigo la imposición de penas de hasta cinco años de presidio juntamente con multas comprendidas entre las 200 y las 10 mil unidades tributarias a los llamados bachaqueros.
Según el artículo 55 de la normativa, "quien revenda productos de la cesta básica o regulados, con fines de lucro, a precios superiores a los establecidos por el Estado, por regulación directa o por lineamientos para el establecimiento de precios, será sancionado", con las penas arriba señaladas.
Asimismo, a los "bachaqueros" le serán incautada la mercancía; y según lo dicho la semana pasada por el Vicepresidente, Jorge Arreaza, los productos serán puestos a la venta en los mercados a cielo abierto y serán marcados con un indicativo que le informe al comprador que fue confiscado por el gobierno a un revendedor.
La norma también prevé que la persona que dirija una estructura vinculada a la reventa ilegal de productos será sancionada y juzgada por lo establecido en la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. Los reincidentes será castigados con la máxima pena (cinco años de presidio) y doble multa a su límite máximo (20 mil U.T).
El Ejecutivo decidió aumentar la pena para quienes incurran en el delitos de contrabando de extracción el cual será castigado ahora con presidio de 14 a 18 años, en lugar de 10 años como estaba estipulado antes de la reforma.