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Mensajes e imágenes por WhatsApp sirven de evidencia en procesos judiciales

Por 2001

Jueves, 27 de marzo de 2025 a las 12:52 pm
Mensajes e imágenes por WhatsApp sirven de evidencia en procesos judiciales Mensajes e imágenes por WhatsApp sirven de evidencia en procesos judiciales
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Al momento de esclarecer un problema legal, los organismos policiales y judiciales recurren a muchas herramientas tecnológicas que ofrezcan mayores evidencias.

En días recientes, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ratificó que los mensajes, notas de voz, fotografías o los videos que se comparten a través de la reconocida plataforma de mensajería WhatsApp, también sirven como evidencia en procesos judiciales.

"Estas probanzas que consisten en impresiones de mensajes de datos emanados de la red social de mensajería instantánea WhatsApp, son valoradas por esta Sala conforme al único aparte del artículo 395 del Código de Procedimiento Civil; en concordancia con el artículo 2 de la Ley sobre mensajes de datos y firmas electrónicas".

«La información contenida en el mensaje de datos reproducida en un formato impreso (…) tiene el mismo valor probatorio que las copias o reproducciones fotostáticas simples; es decir, que su eficacia probatoria es similar a la dada por el legislador a los documentos privados simples, por lo que el mensaje de datos impreso tendrá la eficacia probatoria de las copias o reproducciones fotostáticas, y su contenido podrá ser desvirtuado a través de cualquier otro medio de prueba regulado de conformidad a lo establecido en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil», se lee en la sentencia n.º 19 del 12 de febrero de 2025.

La ratificación del TSJ provino a la reciente resolución de un caso en el estado Monagas, en que dos personas suscribieron un acuerdo de un crédito en 2020, y pretendieron disfrazarlo como una compraventa de un inmueble.

Entre las evidencias que la Sala de Casación Civil estudió para tomar su decisión estuvieron las conversaciones por WhatsApp sostenidas entre la demandante, su hija y el demandado, y en las cuales "se evidencia con meridiana claridad la voluntad de las partes de celebrar los acuerdos a los que se ha hecho referencia, es decir, la solicitud de préstamo, el otorgamiento del mismo, la firma del documento, y la presunta venta del inmueble".

La demandante acudió al demandado para solicitarle un préstamo por $ 14.000, el cual utilizaría para pagar una deuda que contrajo con la Policlínica de Maturín, donde fue internada para tratar un problema de salud. La demandante acordó entregarle al prestamista un terreno y la casa que había en él como garantía, detalla Acceso a la Justicia.

El demandado, por su parte, aceptó entregar la suma a cambio de la vivienda, pero después solicitó un pago de intereses mensuales equivalentes al 20 % del monto del capital, lo cual equivalía a $ 2.800, durante 6 meses, lo que derivó al problema legal.

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