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Pró-Rísquez: Resolución de remoción y reubicación de trabajadores no puede ser obligatoria

Martes, 26 de julio de 2016 a las 08:00 pm
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2001.com.ve |Mariángel Rodríguez

Juan Carlos Pró-Rísquez, abogado y jefe de Cátedra de Derecho del Trabajo de la Universidad Central de Venezuela (UCV) ofreció declaraciones exclusivas para 2001.com.ve sobre la resolución emitida en Gaceta Oficial número 40.950 que establece que los empleados de empresas públicas o privadas, pueden ser removidos de sus puestos laborales y reubicados en otros.

El abogado afirmó que, si dicha resolución obliga a los trabajadores a prestar servicios, entonces podría ser tildada de ilegal, ya que, “en el mundo moderno no se puede obligar a una persona a trabajar si no lo desea”, y destacó que el trabajo forzoso está prohibido en Venezuela.

“Un decreto que establezca que el Estado pueda solicitar a una empresa (pública o privada) a sus empleados, para reubicarlos en trabajos de agricultura no puede ser de carácter obligatorio, puesto que, el trabajador deberá estar de acuerdo a colaborar con la causa de manera voluntaria”, aseveró el abogado.

Para Pró-Rísquez esta nueva medida tomada por el Ejecutivo, en el marco del Estado de Excepción y Emergencia Económica, podría ser aplicada a las empresas que forman parte del sector agroindustrial,  en donde puedan solicitar a trabajadores capacitados para colaborar con las medidas impuestas. “Es poco práctico que sean solicitados trabajadores de otros sectores. Por ejemplo: un trabajador de la rama tecnológica que sea llamado a sembrar, no creo que posea las aptitudes necesarias. Por otro lado, no se puede obligar a un trabajador forzosamente a prestar servicios en otra empresa”.

Asimismo, el experto en derecho del trabajo explicó que el reglamento de la sustitución de patrono señala que “un trabajador que presta servicios en una empresas no deberá laborar en otra sin que esté de acuerdo”.

2016-07-27