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La Sal Contitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) emitió este martes una sentencia que autoriza la presentación del presupuesto nacional directamente al Poder Judicial sin pasar por la Asamblea Nacional (AN), por presunto desacato del legislativo.
La sentencia, firmada por la presidente Gladys Gutiérrez, declara que el presupuesto nacional deberá ser presentado por el Presidente de la República ante la Sala Constitucional, bajo la forma normativa de Decreto que tendrá Rango y Fuerza de Ley.
Argumentan que esto se define así "frente a la imperiosa necesidad de cumplir una fase del proceso de formación jurídica del presupuesto nacional, ante el deber de honrar los postulados de separación y equilibrio entre los poderes que conforman el Poder Público y con el propósito de mantener el funcionamiento del Estado, la garantía de los derechos fundamentales y el orden constitucional", remite una nota de prensa.
Asimismo, se determnó que la decisión también se fundamentó "en el desacato que voluntariamente mantiene un grupo mayoritario de diputados que actualmente integran la Asamblea Nacional, respecto de sentencias del TSJ y de la Constitución, así como también en el Estado de Excepción y Emergencia Económica".
Finalmente la sentencia dispone que el decreto de presupuesto nacional estará sujeto al control de la Sala Constitucional del TSJ, conforme a lo dispuesto en los numerales 3 y 4 del artículo 336 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como parte del sistema de garantías previsto en el Texto Fundamental, "sin perjuicio de las atribuciones inherentes al Poder Ciudadano y a la contraloría social en esta materia".
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2016-10-11