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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) admitió, mediante la sentencia N° 948 del 15 de noviembre de 2016, la acción que ejerció recientemente el Procurador General de la República, Reinaldo Muñoz, en la que solicita al Poder Judicial “previsiones para evitar actuaciones de la Asamblea Nacional en contra de la Constitución”.
La sentencia detalla que la “Sala ordenó a diputadas y diputados de la Asamblea Nacional (AN) abstenerse de continuar el inconstitucional, nulo e inexistente ‘juicio político’ en contra del Presidente Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, ciudadano Nicolás Maduro Moros, así como evitar dictar cualquier tipo de acto, sea en forma de acuerdo o de cualquier otro tipo, que se encuentre al margen de sus competencias y, en fin, fuera de lo previsto en la Constitución”.
Con esta decisión se prohíbe “convocar y realizar actos que alteren el orden público, realizar instigaciones contra autoridades y Poderes Públicos”, así como otras actuaciones violatorias de los derechos constitucionales y del orden jurídico en general.
2016-11-15