La llamada Ley contra el Odio nació de una contradicción insalvable: pretender defender la convivencia restringiendo la libertad de expresión. Desde su aprobación en 2017, quedó claro que no era una norma destinada a proteger derechos, sino a ampliar el poder del Estado sobre el debate público.
Sus promotores la presentaron como una herramienta contra la intolerancia. Los hechos demostraron otra cosa. La ambigüedad de sus disposiciones, especialmente alrededor de la acuñada “incitación al odio”, dejó en manos de las autoridades la facultad de decidir qué opiniones son aceptables y cuáles merecen castigo. Cuando esa frontera depende de la interpretación del poder, desaparecen las garantías y aparece la arbitrariedad.
Las advertencias formuladas desde el comienzo fueron ignoradas. Hoy son una realidad inocultable. La ley ha contribuido a consolidar la autocensura, a restringir espacios para la crítica y a debilitar el libre intercambio de ideas que toda sociedad democrática necesita para corregir sus errores y resolver sus conflictos.
Por eso resulta insuficiente plantear una reforma. El problema no radica en algunos artículos ni en defectos de redacción. El problema es su naturaleza. Una ley concebida para facultar al poder a sancionar expresiones mediante conceptos subjetivos no puede convertirse, por simple corrección legislativa, en una garantía de libertades.
Venezuela necesita normas que protejan a los ciudadanos, no mecanismos que limiten derechos fundamentales. La libertad de expresión no admite concesiones ni tutelas políticas. Por ello, la discusión no debe girar en torno a cómo reformar la Ley contra el Odio, sino a cómo derogarla. Nunca debió existir. Y la mejor contribución a la recuperación de las libertades democráticas es su eliminación definitiva.
Visite nuestra sección de Nacionales
Mantente informado en nuestros canales de WhatsApp, Telegram y YouTube
