Cuando un niño, niña o adolescente necesita trasladarse a otro destino sin la compañía directa de sus padres o representantes legales, es obligatorio tramitar un permiso de viaje que formalice la autorización legal para que un tercero asuma temporalmente la responsabilidad de su cuidado durante el trayecto.
Este procedimiento, normado por la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente (Lopnna), debe ser gestionado en las oficinas del Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Cpnna) correspondientes al lugar de residencia del menor.
El trámite es completamente gratuito y personal.
¿Cuándo se necesita este permiso?
El director del Sistema de Protección Integral del Niño, Niña y Adolescente (Spinna) en el municipio Bejuma, Abraham Ortega, aclaró que solo se requiere permiso de viaje si el menor se traslada solo o con un tercero.
Si viaja con uno de sus padres o con un representante legal, no es necesaria la autorización formal del Cpnna, aunque sí se debe llevar la partida de nacimiento del menor para verificar el vínculo.
Cabe destacar que el permiso emitido por el Cpnna solo tiene validez dentro del territorio nacional. Para salidas internacionales, se requiere una autorización autenticada por notaría o mediante intervención judicial, dependiendo del caso.
Oficinas disponibles en Caracas
En la Gran Caracas, los representantes pueden acudir a las siguientes sedes del Cpnna:
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Edificio Banvenez, Av. Lecuna – Municipio Libertador
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Edificio Justicia Municipal, Av. Francisco de Miranda – Municipio Chacao
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Oficinas de los municipios Baruta, Sucre y El Hatillo
Recaudos obligatorios
Para tramitar el permiso, los padres o representantes legales deberán consignar:
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Dos fotos tipo carnet fondo blanco del menor
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Copia de la partida de nacimiento
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Copia de la cédula del menor (si la posee)
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Copia de las cédulas de ambos padres o representantes
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Copia de la cédula de identidad del acompañante
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Copia de los boletos (si aplica)
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Constancia de residencia emitida por el consejo comunal, junta de condominio o asociación de vecinos
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Fecha de salida y regreso del viaje
En caso de que el menor viaje solo, también deberá presentarse la copia de la cédula de identidad de la persona que lo recibirá al llegar a su destino.
Base legal: artículos 391, 392 y 393 de la Lopnna
La obligación de presentar una autorización formal cuando un menor viaja solo o con terceros está establecida en los artículos 391 al 393 de la Lopnna, los cuales también regulan los viajes al exterior, los casos de negativa de consentimiento entre padres, y el procedimiento para resolver desacuerdos ante un juez.
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