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A través de la sentencia N° 429/2016, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó la prohibición los medios de comunicación del país la difusión de videos de linchamientos, tanto en sus páginas web como en redes sociales.
La decisión obedece a la demanda interpuesta por el abogado Juan Ernesto Garantón Hernández contra los medios digitales La Patilla y Caraota Digital, luego de que publicaran un video de un linchamiento en Caracas y tiene el objetivo de "proteger los derechos e intereses difusos".
Para la magistrada Lourdes Benicia Suárez Anderson interpuso que los derechos de los comunicadores sociales no les permiten crear "zozobra e incertidumbre" en la población, ya que el ejercicio de la comunicación social debe contribuir con el desarrollo integral del individuo y de la sociedad.
La representación legal de los medios ante reseñados deberá acudir a comparecer ante el ente judicial.
2016-06-08