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El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) a través de su Sala de Casación Penal, declaró procedente solicitar al Reino de España la extradición activa del ciudadano venezolano Luis Carlos Ruíz Arvelo para ser sometido a un proceso penal en Venezuela por la presunta comisión de los delitos de homicidio calificado ejecutado con alevosía y por motivos fútiles, robo agravado y agavillamiento, previstos y sancionados, en su orden, en los artículos 406, numeral 2, en relación con el 83, y 458 y 286, todos del Código Penal.
Los hechos que originaron el caso ocurrieron en Propatria, lugar en el que miembros de una banda delictiva denominada "Las Barras", luego de despojarlos de sus pertenencias, dispararon contra los ciudadanos Elsy Carolina Peña Mejías y Erick Leonardo Núñez, quienes mantenían una relación sentimental, provocándole la muerte a ambos.
Indica la sentencia N° 009-2019 de la mencionada Sala del TSJ, con ponencia del magistrado Juan Luis Ibarra Verenzuela, que en el presente caso, además de los requisitos de procedencia, también se cumplen a cabalidad los principios generales que rigen la materia de extradición en Venezuela.
Asimismo, la decisión del Alto Tribunal señala que se asume el firme compromiso ante el Reino de España, que el ciudadano requerido en extradición será juzgado únicamente por su presunta participación en la comisión de los delitos antes mencionados, con las debidas garantías consagradas en la Constitución.
Nota de prensa.
2019-02-25
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