Si eres venezolano y tienes programado un viaje a Estados Unidos sigue estas recomendaciones

Verifique la lista de visas afectadas y el estatus de la suya antes de viajar

Miércoles, 04 de junio de 2025 a las 11:37 pm
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Foto: Referencial
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Tras la reciente medida proclamada por el presidente de los Estados Unidos (EEUU), Donald Trump, es importante tomar en cuenta cuáles son las medidas que restringen el ingreso a su territorio para venezolanos y cuáles son las excepciones.

¿Qué hacer si ya tengo un viaje planificado a EEUU?

Si tienes un viaje pautado hacia EEUU antes del 9 de junio, recuerda seguir los siguientes consejos:

  • Verifica tu tipo de visa y si está o no afectada por la medida
  • En caso de tener doble nacionalidad es recomendable viajar unicamente con el pasaporte del país que no está incluido en la lista de restricción
  • Consulta los requisitos actualizados en la embajada o consulado de EEUU de tu país
  • Si tienes dudas o tu caso es complicado busca a un experto en migración para que pueda asesorarte

Visas afectadas

  • Visa B-2: Permitía ingresar temporalmente para turismo o tratamiento médico.
  • Visa B-1: Visa combinada para fines comerciales.
  • Visas F-1, M-1 y J-1: Para estudiantes internacionales en programas académicos o culturales.
  • Visa M: Para formación vocacional o técnica.

En el caso de venezolanos con citas programadas, visaje en los consulados o embajadas estadounidenses podrían enfrentar requisitos adicionales, retrasos e incluso cancelaciones.

¿Cuáles son los países restringidos?

  • Afganistán
  • Birmania
  • Chad
  • República del Congo
  • Guinea Ecuatorial
  • Eritrea
  • Haití
  • Irán
  • Libia
  • Somalia
  • Sudán
  • Yemen

¿Cuáles son los países con restricciones aumentadas?

  • Burundi
  • Cuba
  • Laos
  • Sierra Leona
  • Togo
  • Turkmenistán
  • Venezuela

¿A quiénes aplican las excepciones?

  • Residente permanente legal de los Estados Unidos;
  • Persona con doble nacionalidad de un país designado en virtud de los artículos 2 y 3 de esta proclamación cuando la persona viaje con un pasaporte emitido por un país no designado como tal;
  • Ciudadanos extranjeros que viajen con una visa de no inmigrante válida en las siguientes clasificaciones: A-1, A-2, C-2, C-3, G-1, G-2, G-3, G-4, NATO-1, NATO-2, NATO-3, NATO-4, NATO-5 u NATO-6;
  • Atletas o miembro de un equipo deportivo, incluyendo entrenadores, personas que desempeñan una función de apoyo necesaria y familiares directos, que viajen para la Copa del Mundo, los Juegos Olímpicos u otro evento deportivo importante, según lo determine el Secretario de Estado.
  • Visas de inmigrante para familiares directos (IR-1/CR-1, IR-2/CR-2, IR-5) con evidencia clara y convincente de identidad y parentesco (por ejemplo, ADN).

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