Peligran créditos fiscales reembolsables para inmigrantes: la norma que afectaría el beneficio por hijos y trabajo en EEUU

Forma parte de la implementación normativa del gobierno de Donald Trump para limitar el pago de beneficios públicos

Miércoles, 19 de agosto de 2026 a las 02:45 pm
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El Departamento del Tesoro de Estados Unidos (EEUU) y el Servicio de Impuestos Internos (IRS) emitieron una propuesta de reglamentación (Notice of Proposed Rulemaking) que busca restringir el acceso a la porción reembolsable de cuatro destacados créditos fiscales a las personas que no califiquen como "extranjeros calificados" (qualified aliens) o ciudadanos bajo la ley federal.

La medida forma parte de la implementación normativa del gobierno de Donald Trump para limitar el pago de beneficios públicos financiados con fondos de los contribuyentes.

¿En qué consiste la propuesta del IRS?

Bajo la regulación propuesta (REG-119882-25 / RIN 1545-BS06), la administración federal busca aplicar formalmente los términos de la Ley de Reconciliación de Responsabilidad Personal y Oportunidad Laboral de 1996 (PRWORA) al sistema tributario.

La interpretación legal impulsada por el Departamento de Justicia dictaminó que la porción reembolsable de un crédito fiscal (el dinero que el IRS entrega en cheque o depósito directo cuando el crédito supera la deuda tributaria total del contribuyente) constituye un "beneficio público federal".

"Los contribuyentes estadounidenses no deben verse obligados a financiar beneficios para quienes están excluidos por ley. Estas regulaciones protegen la integridad del sistema tributario", declaró el secretario del Tesoro, Scott Bessent, tras el lanzamiento de la propuesta.

¿Cuáles son los 4 créditos fiscales incluidos?

La restricción atañe exclusivamente al dinero devuelto como reembolso directo en los siguientes programas:

  1. Child Tax Credit (CTC) / Additional Child Tax Credit: Crédito fiscal por hijos menores a cargo.
  2. Earned Income Tax Credit (EITC): Crédito por ingreso del trabajo destinado a familias y trabajadores de ingresos bajos a moderados.
  3. American Opportunity Tax Credit (AOTC): beneficio para estudiantes de educación postsecundaria.
  4. Adoption Tax Credit: Crédito para cubrir gastos asociados con la adopción de menores.

¿Quiénes calificarían para el reembolso y quiénes quedarían excluidos?

Para cobrar la porción que exceda los impuestos adeudados, la regla exigiría que el contribuyente declare bajo pena de perjurio que posee un estatus elegible el día en que presenta su declaración de impuestos.

  • Elegibles para recibir reembolsos:
    • Ciudadanos estadounidenses y nacionales de EEUU.
    • Residentes permanentes legales (poseedores de Green Card).
    • Personas con estatus de asilo concedido o refugiados.
    • Integrantes de categorías específicas de "qualified aliens" contempladas en la sección 431(b) de la ley PRWORA.
    • En declaraciones conjuntas: si uno de los cónyuges es ciudadano, nacional o "extranjero calificado", el hogar mantendría la elegibilidad para la porción reembolsable.
  • Excluidos del beneficio reembolsable:
    • Inmigrantes indocumentados.
    • Personas con estatus temporales que no encajan en la categoría legal estricta de "qualified alien".

¿Afecta esta medida al monto para reducir impuestos adeudados?

No. La reglamentación aclara que la restricción aplica únicamente al saldo a favor en efectivo (el reembolso que supera la obligación tributaria).

Si un contribuyente no califica como "qualified alien", aún podrá reclamar la porción no reembolsable del crédito para reducir o cancelar lo que deba pagar en su declaración de impuestos, siempre que cumpla con los demás requisitos del Código de Impuestos Internos (IRC).

Estado de la norma: ¿Cuándo entraría en vigor?

Es prioritario destacar que no se trata de una norma final de aplicación inmediata, sino de un proyecto de regulación en fase preliminar:

  • Período de comentarios: el Tesoro y el IRS abrieron una ventana de 45 días hábiles tras la publicación en el Registro Federal para recibir sugerencias y objeciones del público en general y organizaciones del sector.
  • Audiencia pública: está programada para llevarse a cabo el 14 de octubre de 2026.
  • Vigencia programada: de ser aprobada en su forma definitiva, la norma aplicará para los años fiscales que concluyan a partir de la fecha en que se publique la reglamentación final.


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