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¿A quién reclamo si me caigo con mi carro en un hueco? Esto dice la ley

La mayoría de los conductores desconoce si puede reclamar o no ante algún organismo por desperfectos derivados de los cráteres en las vías

Jueves, 26 de septiembre de 2024 a las 11:21 am
Foto: Instagram @e_cazahueco
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No es ningún secreto que hay que ser precavido y perspicaz cuando se circula por grandes ciudades como Caracas; no obstante, ante cualquier accidente o caída provocada por alguna irregularidad en espacios comunes, como son los huecos, el ciudadano está en su derecho de levantar una queja.

Este tipo de caídas suelen suscitarse tras la carencia de tapas en las alcantarillas o la ausencia de señalamientos que advierten sobre dicho deterioro en las calles.

Por tanto, las denuncias deben formularse con las alcaldías o municipios que gestionen la zona donde se produjo el accidente, así lo confirmaron los abogados Felipe Trujillo y Vestalia Tovar en conversaciones con 2001.

 “Se reclama ante las autoridades de la alcaldía”, indicó Trujillo.

Tovar, por su parte, recordó que hace aproximadamente dos años se emitió la Ordenanza Municipal, que justamente aborda los derechos del conductor y libre tránsito. 

“Esta ley se hace con el único objetivo de unificar tributos para tratar de cubrir, de las tantas problemáticas, que pueda tener realmente el ciudadano común o el transeúnte en las calles, como parte de la política pública económica”.

De esta manera, Tovar coincide con Turrillo y resalta además que la alcaldía y el municipio “son los encargados de velar que las calles estén en buen estado”.

Además, de las ordenanzas municipales, otras normativas que amparan a los ciudadanos ante estos imprevistos, son las de la Ley de Tránsito Terrestre y desde el punto de vista procedimental, figura la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (LOPA).

Las denuncias por la alcaldía se reportan ante el síndico procurador.

“En el momento que ocurre el siniestro se suele acudir con el síndico procurador, que viene siendo el representante legal del alcalde. La intención es que el síndico pueda dar respuesta y a través de la misma se puede emanar un acto administrativo de efectos particulares. Eso está en el artículo 7 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos”.

Otros pasos

En caso de que el denunciante caiga en lista de espera o invaliden su reporte, puede acudir a otras instancias para notificar el accidente que tuvo con alguno de los huecos.

“En este caso, podemos mencionar a la Defensoría del Pueblo. También se tiene la opción de ir a la Fiscalía en caso de que se haya cometido un delito”, comentó Felipe Trujillo.

Vestalia Tovar acota que en caso de que la respuesta de la alcaldía, no sea favorable, el afectado tiene derecho a recurrir ante los Tribunales Superiores: Contencioso Administrativo.

Esto con el fin de solicitar la nulidad de ese acto administrativo de efectos particulares. “E incluso yo me atrevo mucho más allá. El recurso de nulidad, conjuntamente con un amparo cautelar”.

En este sentido, la especialista hizo alusión a los artículos 20 y 21 de la Constitución.

“El 20 te habla el libre desenvolvimiento de la personalidad, mientras que el 21 te habla del derecho a la igualdad y, de alguna manera u otra, toda persona tiene derecho a transitar y a tener una calidad de vida que realmente le correspondan”.

Foto: Freepik

Pruebas

Para respaldar el agravio que sufrió durante su caída en el hueco, bien sea en transeúntes o vehículos, el ciudadano debe llevar los documentos que avalen las consecuencias que sufrió a través de ese imprevisto.

Como, por ejemplo, las facturas del mecánico, fotografías de las lesiones, informes o facturas médicas.

Además, es importante que se especifique la calle, municipio donde se suscitó el inconveniente y, según la situación, consignar otros documentos que “exijan las autoridades” para levantar el expediente.

“Por supuesto, todo daño debe ser probado (…) Las leyes están para cumplirlas, denunciar es un acto de ciudadanía”, resaltó Felipe Trujillo.

Posteriormente, Tovar recordó los artículos 1185 y 1196 del Código Civil, que hablan de que el ciudadano pueda ser resarcido de los daños generados por actuaciones antijurídicas o faltas de políticas públicas económicas.

“Incluso se puede hacer una inspección ocular, para dejar constancia que efectivamente cayó un carro en un hueco, al punto que hasta los carros que están asegurados puedan abordarse”.

Los funcionarios de tránsito también juegan un papel aquí cuando se tiene a mano un croquis o informe técnico.

“El informe técnico sirve para que el funcionario de tránsito pueda decir a quién le corresponde la responsabilidad. Si al transeúnte que iba pasando, al conductor que iba manejando el vehículo o en su defecto al Estado a través de sus políticas públicas económicas”.

Otros documentos que pueden servir para estos casos son:

  • Inspección extrajudicial.
  • Inspección de tránsito terrestre.
  • Fijaciones fotográficas de WhatsApp.
  • Los testigos.
  • El título de propiedad del vehículo.

“En aras de que puedan consignar eso ante el síndico procurador de la alcaldía, o en su defecto ante un tribunal superior administrativo”.

Desde su experiencia, Tovar aseguró que el individuo puede ser compensado ante las caídas que pudo haber sufrido con algún hueco.

“Si prosperan, mientras sean causas inimputables al conductor. Eso es importante recordarlo”.

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