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Páginas comercializadoras deben registrarse en el Rupdae

Martes, 04 de noviembre de 2014 a las 07:30 pm
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Redacción 2001.com.ve

Claudio Farías, presidente de la Comisión Permanente de Administración y Servicios explicó este miércoles que los portales web que ofrezcan bienes y servicios deberán inscribirse en el Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas (Rupdae), perteneciente a la Superintendencia de Precios Justos (Sundde).

"Las personas que publican la venta de bienes y servicios deberán estar inscritos en el Rupdae, porque existe allí una corresponsabilidad para garantizar los derechos y la seguridad comercial al usuario" explicó Farías en una entrevista para VTV.

En este sentido, indicó que la medida del registro está enmarcada en las innovaciones de La Ley de Comercio Electrónico, aprobada este martes en primera discusión en la Asamblea Nacional. 

El instrumento jurídico plantea que quien desee promocionar un producto o servicio tendrá que emitir una facturación electrónica que proporcione al comprador el beneficio del reclamo, en caso de recibir un mal servicio o defectos en el producto adquirido.

Agregó que con ésta ley "Se busca combatir los delitos de fraude, especulación y usura a través de transacciones electrónicas. Fácilmente se puede constatar que la guerra económica ha migrado hacia la vía electrónica al usarse este medio como un instrumento para especular, sobre todo con productos de primera necesidad y con otro tipo de bienes regulados por el Estado".

Finalmente informó que se entiende por comercio electrónico toda aquella actividad de compra y venta de artículos o servicios a través de la web, el facebook, el twitter o el instagram. /Con información de AVN

2014-11-05