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Arrendatarios en Colombia tienen luz verde para aumentar alquileres desde mayo: lo que se sabe

Los alquileres en Colombia se incrementarán según el IPC de 2024. Sepa cómo calcular el incremento y a qué está obligado el arrendador

Sabado, 10 de mayo de 2025 a las 11:00 am
Foto: Freepik
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A partir de este mes de mayo, los inquilinos en Colombia asumirán un aumento considerable en sus alquileres, debido a que los arrendadores podrán elevar los precios por encima de 5 %, lo que afecta directamente el bolsillo de miles de familias colombianas en todo el país.

El incremento en los precios de los alquileres para este año 2025 está directamente relacionado con el Índice de Precios al Consumidor (IPC), que cerró el 2024 con un incremento de 5,2 %, de acuerdo con los datos del Departamento Nacional de Estadística (DANE).

En lo sucesivo, ese valor es el tope máximo de los ajustes en los contratos de alquiler en el país.

Según la Ley 820 de 2023, que regula los arrendamientos de vivienda urbana en Colombia, los aumentos anuales no pueden superar el 100 % del IPC del año anterior.

A pesar de eso, la Ley de Alquileres establece que los arrendadores pueden realizar aumentos superiores, con lo cual el presupuesto familiar resulta muy afectado.

¿Cuánto podría aumentar el alquiler este año?

Si su contrato de alquiler cumple un año este mes, el aumento podría ser superior al 5,2 %, de acuerdo al IPC del 2024.

Si usted desea calcular el valor del alquiler, solo debe multiplicar al valor actual por el porcentaje de ajuste y sumarlo al precio vigente.

Por ejemplo, si el monto actual de su alquiler es $ 1.000.000, el aumento sería de $ 52.000, con lo cual el alquiler mensual se eleva a $ 1.052.000.

Derechos de los inquilinos ante los aumentos

Los inquilinos en Colombia continúan protegidos por la Ley 820 de 2023, a pesar de los cambios en las normas.

Según la Ley 820 de 2023, el arrendador está obligado a notificar con antelación cualquier ajuste en el valor del alquiler mensual.

La notificación debe hacerla por escrito y a través de un medio legalmente válido, como un correo certificado u otro medio acordado en el contrato.

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