¡Insólito! Graban vídeos inapropiados en el Santuario de la Virgen de Coromoto: así actuaron las autoridades

Miércoles, 05 de noviembre de 2025 a las 10:00 pm

Un incidente que ha causado indignación en la comunidad católica y en el estado Portuguesa se registró en el Santuario Nacional de Nuestra Señora de Coromoto, patrona de Venezuela.

Un grupo de personas, does mujeres y un menor de edad fueron sorprendidos y posteriormente requeridos por las autoridades tras grabar videos de contenido inapropiado o pornográfico en las instalaciones del recinto religioso.

 Profanación del Santuario

El hecho, calificado como un grave atentado contra la moral y el culto, se llevó a cabo dentro o en las inmediaciones del Santuario, un espacio de profundo significado espiritual e histórico para los venezolanos. 

Los videos grabados por los implicados eran de carácter inapropiado, pornográfico o que ultrajaban el pudor público, utilizando el espacio sagrado como locación.

La Diócesis de Guanare y la rectoría del Santuario han condenado el acto, considerándolo una profanación al recinto dedicado a la patrona de Venezuela.

Respuesta de las Autoridades

Las autoridades de seguridad ciudadana actuaron de inmediato tras recibir la denuncia sobre la actividad ilegal y moralmente ofensiva.

Funcionarios de seguridad lograron identificar y requerir al grupo de personas involucradas en la grabación y difusión del material.

Los implicados fueron puestos a la orden del Ministerio Público (MP), que inició las investigaciones correspondientes.

El delito a imputar podría incluir ultraje al pudor público o delitos tipificados en las leyes venezolanas sobre profanación de lugares de culto, dependiendo del marco legal aplicado por la Fiscalía.

Las autoridades de Portuguesa aseguran que se mantendrán vigilantes para evitar que incidentes similares se repitan, garantizando el respeto al patrimonio cultural y religioso de la nación.

Sanciones Penales en Venezuela

El marco legal venezolano, a través del Código Penal y otras normativas, tipifica y sanciona los actos que perturban el orden moral o atentan contra el respeto a los recintos religiosos.

  • Delito de Ultraje al Pudor Público (Artículos 380 y 381 del Código Penal)

Este delito se aplica a actos que ofenden la decencia y las buenas costumbres de la sociedad, lo cual es relevante para la grabación y difusión de material inapropiado en espacios públicos o semipúblicos. 

  • Delito de Ofensa al Culto y Profanación (Artículos 169 y 170 del Código Penal)

Estos artículos protegen la libertad de culto y el respeto debido a los lugares de oración y objetos sagrados.

 

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