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EEUU | Descubra qué ayudas gubernamentales pueden afectar su caso migratorio

Existen ciertos programas que pueden causarles problemas a los inmigrantes, descubra cuáles entran dentro y fuera de la lista

Martes, 22 de octubre de 2024 a las 07:30 am
(Freepik)
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Los inmigrantes en Estados Unidos (EEUU) deben pensar con mucho cuidado sobre las ayudas que solicita en el país si tiene un caso migratorio pendiente.

Lo cierto es que aunque el gobierno estadounidense ofrezca una variedad de programas de ayuda, que pueden ser solicitados incluso con inmigrantes, no todos son adecuados para esta población.

Ya que existen algunos que incluso podrían afectar su caso migratorio y dificultar que pueda vivir legalmente en el EEUU.

Carga pública y su impacto en inmigrantes

En la actualidad, ser inmigrante y recibir ayuda del gobierno es un tema polémico, y esto es regulado por “Ley de carga pública”, según lo explicó la abogada de inmigración, Jennifer Ezeigwe, al portal de Carolina del Norte, lanotica.com.

Resulta que esta ley evalúa a las personas que aplican para visas o para cambios de estatus de sus procesos migratorios.

Su objetivo es que la gente no se convierta en una carga pública para el gobierno.

A través de esta, el gobierno se asegura de que las personas que quieran quedarse en EEUU no sean dependientes.

Ya que, si se considera que lo son, pasan a ser inadmisibles para sus solicitudes.

Es decir, que si un inmigrante recibe asistencia pública en efectivo a largo plazo, esto significa que hay altas posibilidades de que se convierta en carga pública.

Por esta razón entra en juego la posibilidad que entre en una causa de inadmisibilidad al momento de solicitar la residencia permanente (Green Card), el ajuste de estatus o una visa.

Ezeigwe señala que lo mismo ocurre con quienes permanecen en instituciones públicas a largo plazo, como en un asilo de ancianos o un centro de salud mental.

¿Qué beneficios se consideran carga pública y cuáles no?

Para el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) considera que las siguientes ayudas pueden considerarse como carga pública:

  • Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI).
  • Asistencia en efectivo bajo el programa de Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF).
  • Programas de asistencia en efectivo estatales y locales que proporcionan beneficios para el mantenimiento de ingresos (a menudo llamados programas de Asistencia General).

Mientas que existen otros beneficios y ayudas que se pueden solicitar sin que esto afecte su caso:

  • Programas de nutrición: Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP), Nutrición Suplementaria Especial para Mujeres, Infantes y Niños (WIC), programas de alimentación escolar y beneficios bajo la Ley de Asistencia Alimentaria de Emergencia (TEFAP).
  • Medicaid.
  • Seguro de salud a través de la Ley de Cuidado de Salud Asequible  (ACA).
  • Beneficios relacionados con inmunizaciones o pruebas de enfermedades.
  • Servicios basados en el hogar y en la comunidad (HCBS).
  • Programas de vivienda como la Ley de Asistencia para Personas Sin Hogar McKinney-Vento.
  • Beneficios educativos y de asistencias en escuelas públicas.
  • Préstamos estudiantiles y programas de préstamos hipotecarios.
  • Programas de ayuda en desastres proporcionados bajo la Ley Stafford, el Plan de Rescate Americano o asistencia proporcionada por gobiernos estatales y locales.
  • Beneficios ganados, como la jubilación del seguro social, pensión o seguro de desempleo.
  • Programa de Asistencia de Energía para Hogares de Bajos Ingresos (LIHEAP).
  • Créditos tributarios por hijos.

En el siguiente enlace puede encontrar las especificaciones de USCIS: Public Charge Resources | USCIS.

Inmigrantes con excepciones

La abogada aclaró que hay algunas personas a quienes no se les aplica esta ley de la carga pública, esto se encuentra vinculado a que hayan ingresado a EEUU por razones humanitarias.

Tales como:

  • Asilados y refugiados.
  • Cubanos, nicaragüenses y otros centroamericanos que están en proceso de ajuste de estatus.
  • Inmigrantes menores de edad.
  • Solicitantes de Estatus de Protección Temporal (TPS).
  • Víctimas de trata o de delitos.
  • Solicitantes de la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA).

Con información de La Noticia

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