Por medio de la Gaceta Oficial N° 40.373 queda establecido que los bancos universales deberán destinar el 4.25 % de su cierre de cartera de crédito bruta al 31 de diciembre de 2012 y al 31 de diciembre del 2013.
El 0.25% proviene al aumento del cual era antes destinado un 4% para el financiamiento de las operaciones y proyectos turísticos.
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Las cantidades deberán ser otorgadas cumpliendo el cronograma