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El Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica (TSE) aprobó el lunes una resolución que permite a las personas cambiar el nombre con el que fueron registradas para que vaya acorde a su identidad de género.
La resolución de la autoridad electoral permitiría realizar el procedimiento con un trámite simple y gratuito y procura cumplir con lo establecido en la Opinión Consultiva OC-24-17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que el pasado mes de enero también ordenó al país hacer lo necesario para habilitar el matrimonio entre personas del mismo sexo.
El TSE, como autoridad en materia de registro civil, reguló el cambio de nombre por identidad de género autopercibido, es decir, el que cada quien considere. El cambio también implicará que Costa Rica elimine la indicación de sexo por nacimiento en los documentos de identidad con el fin de no discriminar a las personas o estigmatizarlas por su cambio de identidad de género.
El cambio de nombre por identidad de género entrará en rigor tan pronto se publique la resolución del TSE en el diario oficial.
En cuanto al tema del matrimonio entre personas del mismo sexo, el TSE aclaró que esta decisión no le corresponde, pues es necesario que primero se elimine el artículo del Código de Familia que impide este tipo de uniones, lo cual deberá pasar por la Asamblea Legislativa o por decisión de los tribunales constitucionales.
El TSE indicó que puede seguir recibiendo solicitudes de inscripción de matrimonios entre personas del mismo sexo, pero el trámite no se podrá concretar hasta tanto no se haga la reforma de ley.
Hasta el momento, las autoridades registrales han recibido ocho solicitudes para inscripción de matrimonios entre homosexuales y 114 solicitudes de cambio de nombre por identidad de género.
2018-05-14
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