La embajadora de España ante la ONU en Ginebra, Ana Menéndez, subrayó el "firme compromiso" de España en la lucha contra las desapariciones forzadas, como uno de los cuarenta países firmantes de la Convención Internacional sobre esta materias.
Menéndez intervino, como cabeza de delegación, ante el Comité de la ONU sobre Desapariciones Forzadas, que examina esta tarde y mañana el informe presentado por el Estado español sobre la manera en que cumple con la convención, que entró en vigor en diciembre de 2010.
La embajadora recordó que a finales del pasado mes, España recibió al Grupo de Trabajo de la ONU sobre Desapariciones Forzadas, al que se facilitaron "entrevistas con todas las autoridades con las que solicitaron encuentros".
El informe final de esa visita, durante la cual los miembros del comité se reunieron con autoridades, diversos funcionarios y familiares de desaparecidos durante la Guerra Civil y el Franquismo, se presentará en la próxima sesión del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, en marzo de 2014.
En la presentación de ante el comité también intervino el abogado del Estado José Luis Viada, quien recordó que España, como país que ha ratificado la Convención sobre Desapariciones Forzadas "ha tipificado en su Código Penal esta figura delictiva como establece el tratado".
Esa tipificación "incluye los tres elementos principales que la convención obliga", anotó.
"Que el delito sea cometido por agentes del Estado o personas que actúen directa o indirectamente con mandato de autoridades del Estado; que se haya producido una detención ilegal o secuestro y que no se haya dado noticia del paradero de la víctima", precisó.
Viada también justificó la detención en situación bajo el régimen de "incomunicado" -criticada por organizaciones de defensa de los derechos humanos- señalando que "es necesaria en la lucha contra el crimen organizado, sobre todo, cuando hay riesgo de destrucción de pruebas que puedan entorpecer la investigación".
"Esta situación de incomunicación sólo se produce por orden judicial y tiene una duración máxima de cinco días en delitos normales y de trece en caso de terrorismo", aclaró.
El letrado defendió que se trata de una medida "meramente de carácter instrumental" y no de un "castigo" en sí./EFE