El juzgado de Instrucción número 14 de Madrid ha acordado el archivo y el sobreseimiento del juicio sobre la falta de tráfico que la presidenta del Partido Popular madrileño, Esperanza Aguirre, cometió en julio del año pasado, al entender que ya no puede ser juzgada por los cambios introducidos con la aprobación del nuevo Código Penal.
La decisión del juez Ángel Luis Ortiz González “deja sin efecto el señalamiento del juicio de faltas [contra Aguirre] previsto para el próximo 6 de octubre”, según se lee. La reforma del Código Penal, que entró en vigor el pasado 1 de julio, prevé que ciertos tipos de faltas pasen a tramitarse como delitos leves y otros como sanciones administrativas, como en el caso de la presidenta del PP madrileño.
El juez subraya en su auto que la Ley Orgánica 1/2015 despenalizó la falta de desobediencia del antiguo artículo 634 del Código Penal. Menciona también un informe del pasado jueves en el que el Ministerio Fiscal indicó que “no se opone” al archivo del juicio “al haber quedado despenalizada la falta” contemplada en el artículo en cuestión.
El magistrado cita en su auto también a la Audiencia provincial de Madrid, que se pronunció dos veces sobre el caso de Aguirre. El pasado 4 de mayo, ordenó la tramitación del accidente como juicio de faltas, reservado para las infracciones penales más leves, en contra de la decisión anterior del juez instructor, Carlos Valle, que había decidido archivarlo. En esta última resolución, la Sección Sexta de la Audiencia aclaró que los hechos podrían “constituir la base objetiva de una infracción penal-desobediencia” y que la única opción que cabía en el procedimiento era “la continuación por los tramites del juicio de falta”./Con información de El País.com
2015-07-30