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Supremo exige certificado de vacunación a extranjeros que entren a Brasil

Sabado, 11 de diciembre de 2021 a las 11:30 pm
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La Corte Suprema de Brasil determinó este sábado que los extranjeros que quieran ingresar al país por vía aérea o terrestre tendrán que presentar el certificado de vacunación contra la COVID-19. Como forma de impedir que la pandemia vuelva a ganar fuerza con la aparición de variantes como la ómicron.

La decisión quedó determinada por el magistrado Luis Roberto Barroso, uno de los once miembros del Supremo Tribunal Federal. En respuesta a un recurso presentado por el partido opositor Red Sustentabilidad, que acusa al Gobierno de omisiones en el combate a la pandemia.

Los brasileños que desembarquen en el país procedentes del exterior y que no cuenten con certificado de vacunación podrán ingresar desde que presenten un resultado negativo de una prueba de diagnóstico de COVID-19.

La decisión judicial se produce tan sólo cuatro días después de que el Gobierno autorizara a los extranjeros a desembarcar en los aeropuertos de Brasil sin certificado de vacunación. Pero con la condición de que cumplan una cuarentena de cinco días.

El decreto del Gobierno tampoco exige el certificado de vacunación, ni la cuarentena, a quienes ingresen por vía terrestre.

VACUNACIÓN NO OBLIGATORIA

El presidente Jair Bolsonaro alegó que la vacunación no puede ser obligatoria. Y que no se le puede negar el ingreso al país a los no vacunados. Por lo que la cuarentena sería suficiente para garantizar que no transmitan la COVID-19.

Barroso, sin embargo, concluyó que la medida del Gobierno es inviable ante la imposibilidad de fiscalizar a todos los extranjeros sin certificado de vacunación que estén cumpliendo cuarentena.

"Permitir la libre opción por la cuarentena a quien quiera genera una situación de absoluto descontrol y de consecuente ineficacia de la norma", alegó el magistrado. Ya que la medida del Gobierno permite que el extranjero escoja su local de cuarentena.

Según el magistrado, la sustitución del comprobante de vacunación por una cuarentena de cinco días tan sólo puede ofrecerse, en casos excepcionales, a personas que no se hayan podido vacunar por razones médicas o que procedan de países en los que las campañas de inmunización aún no son masivas.

AUMENTO DEL TURISMO EN FIN DE AÑO AUMENTA LA PREOCUPACIÓN

"El ingreso diario de miles de viajeros, la aproximación de las fiestas de fin de año, de eventos precarnaval y del propio carnaval, configuran inequívoco riesgo inminente, que justifica esta cautelar", alegó el magistrado.

Para darle mayor valor a su decisión, Barroso determinó que su sentencia se someta a consideración de los demás miembros del tribunal. En una sesión extraordinaria virtual lo más breve posible.

El magistrado alegó que la Corte Suprema tiene la obligación constitucional de proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos. Entre los cuales a la vida y a la salud, y que Brasil ya ha perdido más de 600.000 vidas por

El magistrado alegó que la Corte Suprema tiene la obligación constitucional de proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos. Entre los cuales a la vida y a la salud, y que Brasil ya ha perdido más de 600.000 vidas por COVID-19 "por la persistencia de actitudes negacionistas".

Barroso también alegó que el Gobierno tiene que acatar integralmente las recomendaciones hechas por la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (Anvisa, regulador). Que defiende la exigencia del certificado de vacunación.

La decisión judicial se conoce precisamente el mismo día en que las autoridades sanitarias de Sao Paul, confirmaron el primer caso en el país de contagio de COVID-19 por la variante ómicron en una persona que no viajó al exterior.

EFE

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