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El Ministerio de Petróleo y Minería prorrogó por un año la disposición transitoria presente en Ley Orgánica que Reserva al Estado las Actividades de Exploración y Explotación del Oro, que le permite al Banco Central de Venezuela (BCV) regular la venta del oro extraído por la minería a pequeña escala.
Esta legislación fue promulgada vía habilitante en noviembre de 2014 y establece que los encargados del área podrían acordar por un año las normas para la actividad mientras se firman alianzas estratégicas.
La disposición séptima fue prorrogada por un año y permite al BCV seguir adquiriendo el oro producido en el país de forma directa, de acuerdo con la normativa dictada el 30 de junio de este año, tal y como refiere la resolución publicada en la Gaceta Oficial N° 40.790 que circula este miércoles.
La prórroga, que inicia a partir del 19 de noviembre también tiene por objeto contribuir con "la disminución de impactos perjudiciales, generados por la minería ilegal y el contrabando de extracción, así como el desarrollo y mejora sostenida de las condiciones socio económicas de dicho sector".
2015-11-18