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El Banco Central de Venezuela (BCV) modificó los requisitos necesarios para acceder a las divisas por medio del Sistema Cambiario Alternativo de Divisas (Sicad II).
Este cambio eleva el número de recaudos a entregar por parte de personas naturales y jurídicas que requieran acceder al mercado de divisas.
Anteriormente, las personas naturales debían presentar original y copia de la cédula de identidad y del RIF. A partir de ahora deberán consignar:
– Original y copia de la cédula de identidad
– Constancia de residencia
– Constancia de ingresos expedida por el pagador con no más de 30 días continuos de anticipación a la fecha de realización de la operación
– Copia de la última declaración de Impuesto sobre la Renta
– Original y copia del Registro de Información Fiscal (RIF)
Por su parte, las jurídicas debían llevar copia del documento constitutivo y el RIF; sin embargo, ahora deberán presentar:
– Original y copia del documento constitutivo o estatutario, debidamente registrado y vigente, en caso que no repose en el expediente del cliente
– Copia de las últimas dos declaraciones de Impuesto Sobre la Renta en las que se evidencie la contribución en las cargas públicas según la capacidad económica del contribuyente
– Original y copia del Registro Único de Información Fiscal (RIF)
– Ejemplar del Comprobante Digital vigente
En el caso de los estudiantes que quieran participar, tienen que consignar:
– Original de su constancia de estudios
– Copia certificada de la partida de nacimiento
– Documentación correspondiente a la persona que financia la adquisición de divisas.
Además de esta medida, el BCV informó que las operaciones de moneda extranjera no podrá ser inferior a 1.000 dólares.
Sábado 26/7/2014