2001.com.ve | Kelly Granados
La reforma de Ley publicada este lunes en Gaceta Oficial Extraordinaria n° 6.202 impone sanciones de cárcel a personas que incurran en el delito de Especulación, tal es el caso de aquellos individuos que adquieran bienes a un bajo costo y los retengan en almacenes o depósitos durante cierto tiempo, para venderlos a un precio mayor.
Dicha sanción también será aplicable a las personas que comercialicen bienes o presten servicios, a un precio superior al establecido como precio máximo de venta al público, de acuerdo con la normativa.
Según el artículo 49, “quien compre o enajene bienes, productos o presten servicios, con fines de lucro a precios o márgenes de ganancia o de intermediación superiores a los establecidos por la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos por regulación directa conforme a los lineamientos del Ejecutivo Nacional o aquellos marcados por el productor, importador, serán sancionados con prisión sancionados con prisión de ocho (08) a diez (10) años".
Además de la privativa de libertad, también se establece la ocupación temporal del almacén y una multa de un mil (1.000) a cincuenta mil (50.000) Unidades Tributarias.
10-11-2015