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Guevara: Si declaran falta absoluta del Presidente, convocarán elecciones en 30 días

Domingo, 04 de diciembre de 2016 a las 08:00 pm
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El diputado Freddy Guevera afirmó que si la Asamblea Nacional declara la falta absoluta del cargo del Presidente de la República antes del 10 de enero de 2017, se deberán convocar a elecciones en un lapso de 30 días, esto según el artículo 233, tercer párrafo, de la Constitución Nacional. 

Lo que estipula el artículo 233 de la Carta Magna venezolana, es que para declarar la falta absoluta debe ser por; renuncia, sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, muerte, revocatorio o abandono de cargo declarado por la Asamblea Nacional. 

"La AN puede declarar la falta absoluta del Presidente al declarar el abandono del cargo. No necesita TSJ ni nada más", afirmó el dirigente opositor. 

A su vez, explicó que el Parlamento, según el artículo 71,  puede someter a referendo las materias de especial trascendencia nacional por acuerdo de la mayoría simple. "En la AN podemos y debemos convocar un referendo para que el pueblo decida la falta absoluta y actuar en consecuencia". 

Guevara aseveró que la medida sería constitucional y democrática, ya que el pueblo decidirá por el referendo revocatorio convocado por la AN. El partido Voluntad Popular planteó esta ruta al Poder Legislativo, Mesa de Unidad Democrática, sectores sociales y en la calle. 

2016-12-05