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El presidente Nicolás Maduro aprobó la exoneración del pago del Impuesto al Valor Agregado, Impuesto de Importación y Tasa por determinación del régimen aduanero a la importación definitiva de alimento balanceado para camarones y larvas realizada por las personas jurídicas productoras de este alimento.
A través del Decreto N° 2.356, publicado en la Gaceta Oficial N° 40.931, se establecen las condiciones y recaudos para optar a esta exoneración aduanera los cuales son el listado descriptivo de los bienes muebles corporales a importar y la factura comercial emitida a nombre de la persona jurídica encargada de la adquisición, certificado de no producción nacional o insuficiencia de la producción nacional de los bienes muebles corporales, certificado emitido por el Ministerio de Pesca y Acuicultura que indique que los bienes serán detinados a la industria camarorena nacional.
Se establece también que se realizará una evaluación periódica a la persona jurídica para constatar que cumpla con la calidad de bienes incluidos en la operación exonerada (40%), destinación de los bienes (30%), cumplimiento del objetivo para el cual se dstinaron los bienes adquiridos (30). Esa ponderación indicada en porcentajes dará un índice de eficiencia para mantener el beneficio de la exoneración.
El Ministerio de Banca y Finanzas y el de Pesca y Acuicultura quedan encargados de efectuar las evaluaciones correspondientes a los solicitantes al igual que el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat).
Este decreto tendrá una vigencia de dos años contados a partir de su publicación en la Gaceta Oficial la cual es el 22 de junio de 2016.
2016-06-24