Armando Altuve | [email protected]
La Asamblea Nacional (AN) saliente, cuyo período legislativo vence este lunes 4 de enero a las 11:59 de la noche, con el voto de la bancada oficialista con mayoría calificada le otorgó por segunda vez poderes especiales para legislar a Nicolás Maduro por un lapso de 9 meses el pasado 10 de marzo de 2015. La aprobación devino luego de que el Gobierno de Estados Unidos publicara un decreto en el que calificó a Venezuela como una “amenaza” para la seguridad de la nación y sancionará siete funcionarios venezolanos por incurrir en violaciones de derechos humanos durante las manifestaciones antigubernamentales que tuvieron lugar en varios estados del país en el primer semestre de 2014.
A pesar de que el fin de la normativa legal descansó sobre la base de la defensa ante un posible injerencia extranjera, el abogado y director de la Asociación Civil Un Estado de Derecho, Luis Alfonso Herrera, indicó que la Ley Habilitante, desde el momento en que fue aprobada, no tuvo justificación ni utilidad, pues recordó que las investigaciones que lleva Estados Unidos contra los funcionarios no afectan directamente al país y afirmó que el instrumento legal no produjo durante el tiempo de vigencia ningún decreto ni ley que apuntara a resolver los problemas en materia económica ni política, ni en de seguridad ciudadana ni servicios públicos.
“El Gobierno mantuvo una carta bajo la manga que pudo usar eventualmente con fines políticos y electorales de cara a una elecciones parlamentarias”, sostuvo el también investigador de la ONG Cedice Libertad, quien resaltó que parte de los instrumentos firmados recientemente por el Ejecutivo carecen de coherencia y sistematización haciendo énfasis en la Ley de Régimen Cambiario y sus ilícitos que, a su parecer, resulta “preocupante” y apuntó que esa legislación “no tiene racionalidad económica ni asidero en la Constitución porque la Carta Magna garantiza la libertad económica y la propiedad privada”, aclaró el director de Un Estado de Derecho.
Tras celebrarse la última contienda parlamentaria en la que el oficialismo no logró obtener la mayoría de las curules, Maduro, al faltar pocos días para despedir el año 2015, aprobó cinco decretos en materia impositiva, minera, petroquímica y cambiaria.
En ese grupo de leyes, además del texto en materia de Régimen Cambiario, destaca la Ley de Impuesto a grandes empresas que incrementó pago de la alícuota en 40%. El Primer Mandatario también aprovechó para dar luz verde a leyes como la de Inamovilidad Laboral por un período de tres años, así como la Ley Orgánica de Seguridad Social de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, la de Semillas y la de Fronteras.
Antes de los comicios, Maduro aprobó por decreto de rango, valor y fuerza la Ley para la Soberanía Territorial y Paz, publicada el 13 de julio de 2015 en Gaceta Oficial N° 40.701; posteriormente, el 23 de octubre de 2015, en Gaceta Oficial N° 40.773, promulgó la Ley de Cesta ticket Socialistas que incrementó a 1,5 Unidades Tributarias y 30 días el cálculo del beneficio alimenticio y, seguidamente, firmó la Ley Orgánica de Precios Justos que estableció el margen de ganancia en 30%.
Herrera explicó que los nuevos diputados de la Asamblea Nacional, quienes asumen funciones este 5 de enero, tienen competencias constitucionales para renovar o introducir cambios a las normativas y decretos de ley con carácter orgánico y ordinario que fueron firmadas tanto por el ex presidente Hugo Chávez y el actual mandataria Nicolás Maduro, siguiendo los procedimientos establecidos en la Constitución y el reglamento de discusión interno de leyes de la AN.
Indicó que ante las declaraciones de Maduro de no firmar las leyes sancionadas por la nueva AN, la Constitución le da la posibilidad a la Junta Directiva del Parlamento para que derogue o apruebe las legislaciones. Precisó que podría presentarse la posibilidad de que el Jefe de Estado envíe los proyectos al Tribunal Supremo de Justicia para que sean declarados inconstitucionales. Pero asomó que la designación de los nuevos magistrados del TSJ, juramentados el pasado 23 de diciembre, es “ilegitima” y no cumple con los requisitos de independencia e imparcialidad. “La AN podría considerar que esas decisiones no son vinculante porque le correspondía a la nuevo parlamento y procede a la renovación de los magistrados”, resaltó.
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2016-01-04