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TSJ ordena a Ocariz mantener las vías del municipio Sucre "libres de barricadas"

Miércoles, 24 de mayo de 2017 a las 08:00 pm
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2001.com.ve

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), admitió este jueves 25 de mayo "la acción por intereses colectivos impuesta por un grupo de ciudadanos contra el alcalde del municipio Sucre, Carlos Ocariz".

A través de un comunicado de prensa se explicó que dicha decisión está indicada en la sentencia N° 373/2017 donde también se acordó un amparo cautelar solicitado contra el alcalde del municipio mirandino.

En este sentido se ordenó "utilizar los recursos materiales y humanos necesarios, en el marco de la Constitución y la Ley, a fin de evitar que se coloquen obstáculos en la vía pública que impidan el libre tránsito de las personas y vehículos, además, proceder a la inmediata remoción de tales obstáculos y mantener las vías y zonas adyacentes a éstas libres de barricadas".

También ordenó a Ocariz "cumplir con su labor de ordenamiento de tránsito de vehículos" por lo que deberá garantizar un adecuado y seguro desplazamiento por las vías públicas, así como proteger a los vecinos y habitantes "impidiendo reuniones en las vías públicas que coarten el libre tránsito y en las que se consuman bebidas alcohólicas y sustancias psicotrópicas y estuperfacientes".

Las órdenes deberán ser redirigidas a los cuerpos policiales de ese municipio para que se ordene que despliegue las acciones preventivas y del control del delito.

Se le advirtió que dicho amparo cautelar debe ser acatado para que no incurra en desobediencia a la autoridad y se exponga al artículo 31de la Ley Orgánica de Amparos", que manifiesta que podrían ir a la cárcel por un tiempo estipulado de 6 a 15 meses.

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2017-05-25