Para esta semana que inicia este lunes 19 de enero, la Plataforma Patria tiene prevista la cancelación del Ingreso por Guerra Económica a los pensionados del país. Asimismo, el Instituto Venezolano del Seguro Social (IVSS) pagará la pensión.
Este mismo lunes, el personal jubilado de la administración pública que no recibe bono de alimentación comenzará a percibir un pago aproximado de 37.683,48 bolívares, por concepto de Ingreso por Guerra Económica. Este monto equivale a 112 dólares, calculados según la tasa oficial del Banco Central de Venezuela.
Ingreso por Guerra Económica para pensionados
Por su parte, el 21 de enero será el turno de los pensionados del IVSS y los beneficiarios del programa Amor Mayor. Para este grupo, la asignación será de aproximadamente 16.822 bolívares, lo que representa un valor de 50 dólares indexados al tipo de cambio vigente.
Ese mismo 21 de enero, el IVSS cancelará la pensión IVSS por un monto de Bs 130.
Cómo solicitar el cambio de cuenta bancaria ante el IVSS
Para los beneficiarios del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) se mantiene activo el proceso para solicitar el cambio de entidad bancaria receptora de la pensión.
Aquellos adultos mayores que deseen migrar sus pagos a una institución financiera diferente deben acudir a cualquiera de las 48 oficinas administrativas del IVSS distribuidas en todo el país, consignando tres documentos básicos para formalizar la actualización de sus datos.
Para realizar el trámite de forma exitosa, el pensionado (o su apoderado) debe presentar:
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Cédula de identidad original y copia laminada.
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Referencia bancaria: Libreta bancaria actualizada y legible o, en su defecto, un estado de cuenta emitido por el nuevo banco donde conste el número de cuenta completo.
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Documentación de apoderado (si aplica): En caso de que el trámite no lo haga el titular, se debe consignar el poder notariado vigente y la cédula de identidad del apoderado.
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El IVSS regula tres modalidades principales que pueden optar por esta actualización:
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Pensión por vejez: Para mujeres de 55 años y hombres de 60 años con un mínimo de 750 cotizaciones.
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Pensión por sobreviviente: Otorgada a familiares directos de un trabajador fallecido que cumplía con las cotizaciones de ley.
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Invalidez o discapacidad: Para personas con incapacidad comprobada para laborar tras un accidente o enfermedad.
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El trámite es presencial y puede realizarse en la oficina más cercana a su domicilio. No requiere cita previa en la mayoría de las sedes administrativas.
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