Nota de prensa Ministerio Público
El Ministerio Público acusó a Fernando Alfonso Márquez Rondón (53), por presuntamente recibir 560 mil bolívares, a través de una nómina paralela, con fondos provenientes de la Gobernación del estado Táchira, acto que habría sido cometido en 2011.
Los fiscales 51º nacional, 23º de esa jurisdicción y auxiliares, Rochely Barbosa, Jean Carlos Castillo, Yuli Osorio Andara y Ana Hernández, respectivamente, acusaron al hombre por la presunta comisión de los delitos de peculado doloso propio continuado en grado de facilitador y asociación para delinquir.
En el escrito presentado ante el Tribunal 4° de Control del estado Táchira, los fiscales solicitaron la admisión de la acusación y el enjuiciamiento de Márquez; además que se mantenga la medida privativa de libertad para el hombre, quien se encuentra recluido en el Centro Penitenciario de Occidente.
La investigación del caso se inició en el año 2012, en virtud de una denuncia interpuesta ante el Ministerio Público, en la que se señala que en 2011 ocurrieron irregularidades vinculadas con la cancelación de pasivos laborales y la creación de una nómina paralela en la antigua gestión de la Gobernación del estado Táchira.
En ese sentido, Márquez habría recibido 560 mil bolívares a través de la mencionada nómina.
Luego de varias diligencias realizadas por el Ministerio Público, se logró constatar que dicha cancelación también habría sido efectuada a terceras personas ajenas a esa institución.
Vale recordar que por este caso fueron condenados e inhabilitados políticamente por cinco años la pareja, el hijo y la nuera de Márquez, Blanca Mora, Luis Contreras Mora y Yuliana Giraldo, quienes recibieron 2 millones 270 mil 597 bolívares.
Es importante destacar que tras las acciones ejercidas por el Ministerio Público contra 138 personas por este caso de corrupción, entre las que se encuentran parte de la directiva de la antigua gestión de la gobernación, fueron recuperados 7 millones 859 mil 84 bolívares, los cuales fueron reintegrados al fisco nacional.