A través de la gaceta extraoficial número 6.128 fue autorizada la asignación de divisas a través del Sistema Complementario de Divisas ( Sicad2) para las instituciones financieras nacionales públicas y privadas.
Dicha medida constituye que todos los bancos comerciales, universales que se encuentran en proceso de cambio, la bolsa pública de valores bicentenaria, los operadores de mercado de valores autorizados, los microfinancieros autorizados, tendrán la posibilidad de vender y ofertar por las divisas del Sicad 2.
Por su parte, queda señalado en el decreto número 3 de la misma, que todas las instituciones deberán declarar públicamente en las oficinas de cambio de referencia en el Banco Central de Venezuela, correspondiente a las operaciones realizadas y sus operaciones cambiarias por medio del Sicad 2.
2014-03-18