El derecho de frente es el pago de un impuesto inmobiliario que realiza el dueño de una propiedad.
Esto representa una fuente de ingreso para las Alcaldías y evitar la morosidad facilita la venta del inmueble si ese fuera el caso.
2001 conversó con la urbanista Ariana Tarhtan, para conocer sobre este asunto legal que beneficia a propietarios de inmuebles.
El derecho de frente “es un aporte de carácter obligatorio o gravamen a la propiedad de los citados inmuebles, el cual se calcula una vez al año y debe cancelarse el primer mes de cada trimestre”, dijo.
Una de las preguntas que surge del derecho de frente es quiénes deben pagarlo. La respuesta a esta interrogante es que tienen que ser las personas naturales dueñas de propiedades.
El monto del trámite se calcula por el valor que tenga el bien, según relató la especialista.
Por otra parte, y de acuerdo a información del portal web Adipiscor, al momento de realizar el pago se otorga un certificado por parte de la Administración Municipal.
Este indica que se ha realizado el pago correspondiente a las obligaciones tributarias.
Para efectuar el abono del impuesto se debe ir a la alcaldía donde se ubica el inmueble, en las que hay taquillas dispuestas para cancelar el arancel.
Los requisitos que se deben entregar son, cédula catastral, pago anterior del derecho de frente y el título de propiedad.
Hay distintas formas para cumplir con esta diligencia. Dependerá de la alcaldía y del banco correspondiente. También de la forma de pagar, en unas se puede llevar a cabo por internet y con tarjeta de crédito. Igualmente con débito en la oficina de atención al cliente.
En el municipio Sucre, por ejemplo, se puede lograr el trámite por transferencia, siempre y cuando se trate de un cliente de Banesco. Por último, se puede pagar con efectivo completando la planilla de depósito de los bancos designados por el ente respectivo.
Es importante que los ciudadanos realicen el importe dado que pueden recibir beneficios de este. Por ejemplo, se le puede reducir el monto de la carga impositiva.
Otro es que, si se trata de la vivienda principal del individuo, se puede tener un descuento de 15 % del monto total. Para esto es necesario presentar el registro de vivienda principal ante la Administración Tributaria Municipal.
Además, es posible aspirar a una deducción por concepto de antigüedad del inmueble. Todo dependerá del tiempo transcurrido desde la compra.
Asimismo, se les pueden otorgar descuentos en próximas compras de bienes raíces.
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