El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) de Estados Unidos ha implementado una medida que pone fin a la extensión automática de los Permisos de Autorización de Empleo (EAD, o "permiso de trabajo") para ciertas categorías de migrantes.
La medida, efectiva a partir del 30 de octubre, elimina la protección que permitía a miles de solicitantes seguir trabajando legalmente mientras esperaban la aprobación de su renovación.
La extensión automática que amparaba el empleo durante el proceso de renovación ha sido eliminada, dejando a migrantes en situación de incertidumbre laboral. Esta medida afecta principalmente a solicitantes de asilo, cónyuges de visados H-1B (H-4) y L-1, y personas en diferentes etapas de ajuste de estatus.
¿Quiénes están en riesgo y por qué es urgente?
La regla afecta a migrantes que soliciten la renovación de su EAD a partir del 30 de octubre y que pertenecen a categorías que previamente gozaban de una extensión automática de 180 días (o la extensión temporal de 540 días aplicada durante la pandemia, ya finalizada).
El problema radica en que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) maneja tiempos de procesamiento que a menudo superan los 6 a 12 meses. Sin la extensión automática, una persona cuyo EAD actual vence antes de la aprobación de la nueva tarjeta queda inmediatamente sin autorización para trabajar.
Las categorías afectadas incluyen solicitantes de asilo, cónyuges de visados H-1B (H-4) y L-1, así como personas en diversas etapas de ajuste de estatus. Se recomienda a los migrantes verificar su código de categoría y consultar con un experto en inmigración para evaluar su situación.
Cinco recomendaciones de urgencia para migrantes
Ante el fin de la extensión automática, la acción inmediata es vital para evitar la pérdida del empleo. 2001 ha consultado a especialistas para ofrecer la siguiente hoja de ruta:
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Presentar la Renovación INMEDIATAMENTE (Formulario I-765): Si su EAD está a punto de vencer (o vencerá en los próximos 12 meses), debe presentar su Formulario I-765 (Solicitud de Autorización de Empleo) hoy mismo o, a más tardar, antes del 30 de octubre. Los permisos renovados antes de esta fecha se mantendrán vigentes hasta su expiración.
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Consultar a un Abogado Certificado: No asuma riesgos. Debe buscar asesoría legal para verificar si su categoría migratoria tiene otras vías legales para trabajar o si puede aplicar a otros procesos que lo amparen (ej. solicitudes de asilo o peticiones familiares/laborales en trámite).
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Monitorear Tiempos de Procesamiento (USCIS): Utilice la herramienta de USCIS para monitorear los tiempos de procesamiento de su Formulario I-765. Si los tiempos son largos, debe anticipar un período sin empleo legal.
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Informar a su Empleador (Formulario I-9): Una vez que reciba el Aviso de Recibo (Formulario I-797C) de su solicitud de renovación, debe guardarlo. Este documento es crucial para demostrar que la solicitud se encuentra en trámite, aunque ya no garantice automáticamente la extensión del permiso.
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Revisar Alternativas de Estatus: Si usted es de una nacionalidad con Estatus de Protección Temporal (TPS), o tiene una petición familiar en marcha, debe asegurarse de que dichos procesos estén activos, ya que pueden ofrecer una protección laboral separada de la extensión automática eliminada.
Guía de pasos a seguir
Los expertos recomiendan consolidar la situación migratoria lo antes posible:
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PASO 1: Presentar la Renovación I-765 con Máxima Anticipación
Si su EAD vence en los próximos 12 meses, debe presentar el Formulario I-765 (Solicitud de Autorización de Empleo) inmediatamente. La nueva política requiere que usted tenga la tarjeta aprobada antes de que la vieja expire. No confíe en los largos tiempos de procesamiento de USCIS. -
PASO 2: La Estrategia de la Ley de Ajuste Cubano (Cubanos)
Los migrantes cubanos que califican bajo la Ley de Ajuste Cubano (CAA) deben acelerar la presentación del Formulario I-485 (Ajuste de Estatus) un año y un día después de su llegada al país. Al solicitar el I-485, usted puede solicitar un nuevo EAD (categoría C9) que consolida su autorización de empleo con su solicitud de Residencia (Green Card). -
PASO 3: Consolidar Asilo o Vías Alternativas (Venezolanos y Cubanos)
Utilice el TPS o el Parole como puente. Si es elegible, es crucial iniciar una solicitud de asilo o una petición familiar o laboral para pasar de un estatus temporal a una vía que conduzca a la Residencia Permanente (Green Card). -
PASO 4: Documentación y Comunicación con el Empleador
Guarde el Aviso de Recibo (Formulario I-797C) de su solicitud de renovación I-765. Este documento es su única prueba de que el caso está legalmente en trámite. Debe comunicar preventivamente a su empleador (Recursos Humanos) sobre su situación y las acciones tomadas, con la orientación de un abogado.
Este reporte se basa en la información oficial del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS), y las recomendaciones de abogados de inmigración consultados por el portal 2001.
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