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El Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial Penal del estado Apure condenó a José Ezequías Polanco Salcedo, de 56 años, quien admitió los hechos, a cumplir la pena de 11 años y ocho meses de prisión, más las accesorias de ley.
Al ser encontrado culpable por la comisión del delito de acto carnal con víctima especialmente vulnerable, previsto y sancionado en el artículo 44, numerales 2 y 4 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. A
Asimismo la sentencia impone, entre otras cosas, que dicho ciudadano, culpable de abusar de una adolescente quien para el momento de los hechos tenía 15 años. Hija de su pareja.
La adolescente, en cumplimiento a lo tipificado en el artículo 70 de la mencionada ley orgánica, deberá participar obligatoriamente en programas de orientación, atención y prevención a los fines de modificar su conducta violenta y evitar que pueda reincidir en ella.
http://apure.tsj.gob.ve/…/2563-10-CP31-S-2014-002610-2014-0…
2017-10-22