El Consejo de Ministros en España aprobó este jueves un decreto ley que modifica la normativa vigente para prohibir a las empresas que personalizan precios de manera automática aumentar sus tarifas en situaciones calificadas como emergencias de protección civil, como la reciente Dana.
De acuerdo con la información, esta medida, impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, busca proteger a los consumidores en momentos críticos.
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¿En qué consiste la promulgación?
El nuevo decreto reformula la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, estableciendo que en casos donde no se pueda fijar con exactitud el precio de una oferta comercial debido a la naturaleza del servicio o producto, no se permitirán incrementos en el precio final de venta.
Según el Ministerio dirigido por Pablo Bustinduy, esta situación se presenta comúnmente en servicios como la contratación de vehículos de transporte VTC o el alquiler de alojamientos a través de plataformas online.
En tal sentido, el texto del decreto especifica que "en contextos de urgencia, riesgo o necesidad de la persona consumidora", las empresas no podrán aplicar aumentos en sus precios. Esta medida responde a la necesidad de garantizar que los consumidores no se vean afectados por prácticas abusivas en momentos de crisis.
Nuevas ayudas a los afectados
Adicionalmente, el gobierno ha incluido en el decreto un límite de precios para la venta de vehículos a motor dentro del “Plan Reinicia Auto+”, el cual tiene como objetivo brindar ayudas económicas a quienes necesiten adquirir un vehículo tras haber perdido el suyo durante la Dana.
No obstante, el decreto también destina una partida extraordinaria de tres millones de euros al Real Patronato sobre discapacidad. Estos fondos se emplearán para reconstruir infraestructuras que faciliten la accesibilidad de personas con discapacidad en viviendas y edificios dañados por la riada.
Por tal motivo, se utilizarán para la adquisición de materiales esenciales, como sillas de ruedas y audífonos, que hayan sufrido daños durante la catástrofe.
Finalmente, el real decreto establece que las ayudas por daños ocasionados no se contabilizarán como ingresos a efectos del reconocimiento o mantenimiento de determinadas prestaciones, incluidas las no contributivas y los complementos por mínimos de pensiones contributivas de la Seguridad Social.
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