Nelsymar Ulrich
@nelsyulrich
Mediante una resolución los ministerios de Agricultura y Tierra y Alimentación, publicaron el monto establecido de un subsidio directo, único y transitorio a la industria torrefactora para el café tostado y molido de producción nacional regulado por el Ejecutivo.
La información fue notificada a través de la Gaceta Oficial N° 40.524 en la cual se fija además en todo el territorio nacional el Precio Máximo de Venta a la Industria (PMVI), el Precio Máximo de Venta al Mayorista (PMVM) y el Precio Máximo de Venta al Público (PMVM) del café tostado y molido.
De igual forma, en la resolución explican que el subsidio se pagará directamente a la industria torrefactora que haya comercializado "el café molido y tostado" ante los actores formales de la cadena de comercialización.
El pago deberá ser realizado en un lapso de 20 días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de los expedientes y estará siendo verificado por la Corporación Venezolana del Café S.A, quien garantizará que el proceso se lleve adecuadamente.
Los precios establecidos se muestran en la siguiente tabla: