Muerte asistida en Nueva York ya es oficial: requisitos y las 5 protecciones clave que debes conocer

La normativa es específica en cuanto a quiénes pueden acceder a este servicio de salud y cómo

Domingo, 08 de febrero de 2026 a las 11:38 am

El estado de Nueva York ha marcado un hito en su legislación de salud pública, la gobernadora Kathy Hochul firmó la ley que legaliza la ayuda médica para morir (muerte asistida) para pacientes con enfermedades terminales.

La Ley de Ayuda Médica para Morir (S.138/A.136), que entrará en vigor de forma oficial en agosto de 2026, busca ofrecer una opción de muerte digna bajo un marco de seguridad jurídica y médica sin precedentes.

Con esta firma, Nueva York se convierte en el estado número 14 en permitir este procedimiento en EEUU, uniéndose a estados como Oregón, California y Washington.

¿Cuál es la diferencia entre eutanasia y muerte asistida?

Lo primero que se debe aclarar es que en el proceso de la muerte asistida, el médico receta el medicamento y es el paciente quien se lo administra por sí mismo.

No es el médico quien aplica una inyección letal (eutanasia activa), lo cual sigue siendo ilegal.

¿Quiénes califican para aplicar a la ley y bajo qué condiciones?

La ley es específica en cuanto a quiénes pueden acceder a este servicio de salud. Para solicitar la asistencia, el paciente debe:

  • Ser un adulto con una enfermedad terminal certificada.
  • Tener un pronóstico de vida de seis meses o menos.
  • Demostrar capacidad mental para tomar decisiones informadas.

Además, tenga en cuenta que, para este procedimiento en particular, se requerirá acreditar la residencia en el estado.

Protecciones adicionales: seguridad para el paciente y la familia

A diferencia de otros estados, Nueva York ha implementado "candados" legales para evitar abusos o decisiones coaccionadas.

La gobernadora Hochul enfatizó que estas medidas garantizan que nadie se aproveche de los pacientes más vulnerables.

Las salvaguardas clave incluyen:

  1. Evaluación mental obligatoria: todo paciente debe ser evaluado por un psicólogo o psiquiatra para confirmar que su decisión no es producto de una depresión clínica tratable o presión externa.

La ley también obliga a los médicos a informar al paciente sobre todas las alternativas, incluyendo cuidados paliativos y hospicio, para asegurar que la muerte asistida sea la última opción y no una falta de acceso a control del dolor.

  1. Periodo de espera: existe un plazo obligatorio de cinco días entre la firma de la prescripción y el suministro del medicamento.
  2. Registro de voluntad: se requiere una grabación en video o audio del paciente solicitando la ayuda de forma explícita.
  3. Conflicto de intereses: se prohíbe que cualquier persona que tenga un beneficio económico por la muerte del paciente (herederos) actúe como testigo o intérprete durante el proceso.
  4. Libertad de conciencia: los profesionales de la salud o clínicas con afiliaciones religiosas no están obligados a participar en el procedimiento si va en contra de sus creencias.

Un paso tras años de debate + Entrada en vigor

Para la gobernadora Hochul, la decisión representó un reto personal debido a sus creencias católicas.

Sin embargo, tras años de diálogo con familias, activistas y expertos en salud, concluyó que es la "decisión correcta" para respetar la autonomía de los neoyorquinos en sus momentos finales.

El Departamento de Salud del Estado tiene ahora un plazo de seis meses, hasta el 5 agosto, para capacitar al personal hospitalario y establecer las regulaciones operativas necesarias.



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