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Semana Santa: conoce los requisitos para viajar al exterior con menores de edad durante el asueto

Los requisitos varían si el viaje es al exterior o al interior del país 

Miércoles, 09 de abril de 2025 a las 09:03 pm
Foto: Referencial
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Durante el asueto de Semana Santa comienzan los viajes al interior y al exterior del país, por lo que es importante conocer los requisitos para tramitar los permisos para menores de edad. 

De acuerdo con la reseña del canal televisivo Venevisión, para tramitar los viajes internacionales debe presentar los requisitos ante el Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente, mientras que para los viajes nacionales, los permisos deben tramitarse ante el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Cpnna), que se encuentran en todos los terminales del país. 

Asimismo, indica la lista de requisitos para tramitar los viajes para menores a destinos nacionales e internacionales. 

¿Cuáles son los requisitos para permisos de viaje nacional de menores?

Para viajes nacionales, debe presentar las copias de:

  • Cédula de Identidad de la madre, padre o representante legal
  • Cédula de Identidad del niño, niña o adolescente
  • Partida de nacimiento del menor 
  • Cédula de Identidad del acompañante 
  • RIF de la madre, padre o representante legal

¿Cuáles son los requisitos para permiso de viaje internacional de menores?

Para tramitar los permisos de viaje internacional de menores debe presentar las copias de los siguientes documentos: 

  • Cédula de Identidad de los progenitores
  • Pasaporte del menor 
  • Pasaporte del acompañante 
  • Acta de nacimiento del niño, niña o adolescente 
  • Cédula de Identidad del acompañante 
  • Boleto aéreo ida y vuelta (que no sea la reservación)

Adicionalmente, consultaron a un abogado especialista en el tema, José Luis Forero, quien destacó que existen algunas excepciones, sobre todo cuando uno de los progenitores está en el exterior del país.

De acuerdo con Forero, en ese caso se solicita una audiencia telemática, que se hace de forma digital, en la que se lleva a cabo una videollamada con el progenitor residenciado en el exterior.

Quien debe presentarse con su cédula de identidad laminada en mano y una vez estudiado el caso se otorga el permiso. 

Otra excepción responde al Artículo 393 de la Lopnna:

"En caso de desacuerdo o negativa para otorgar el consentimiento para un viaje", el padre o madre que autoriza el viaje o el adolescente, puede acudir ante un juez de los tribunales de protección para exponer la situación y obtener una resolución.

Si esta resolución es positiva y se otorga el permiso de viaje, el menor debe comparecer ante el tribunal tres días después de su regreso.

 

 

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