Las autoridades de protección de niños y adolescentes reiteraron el llamado a la prevención durante las festividades, ante los riesgos que implica el uso de fuegos artificiales en menores de edad.
La pirotecnia puede causar accidentes graves cuando es manipulada por menores de edad. Por esta razón, el mensaje institucional insiste en que celebrar sin riesgos es una responsabilidad colectiva.
Prohibición establecida en la Lopna
La Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes establece que está prohibido vender o facilitar fuegos artificiales a personas menores de 18 años.
Esta medida busca disminuir los accidentes registrados cada año durante celebraciones, la normativa es clara y de obligatorio cumplimiento para comerciantes y particulares. El incumplimiento conlleva sanciones penales.
Penas de prisión contempladas en la ley
El artículo 262 de la Lopna detalla las consecuencias legales para quienes suministren fuegos artificiales a menores. Las sanciones varían según la edad del afectado:
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A adolescentes: prisión de 3 meses a 1 año
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A niños o niñas: prisión de 6 meses a 2 años
Padres y representantes deben supervisar de forma constante a los menores durante celebraciones.
Los vendedores tienen un papel clave en el cumplimiento de la ley, ya que deben verificar la edad del comprador solicitando la cédula de identidad.
Canales de atención y denuncia
El Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en Maracaibo ofrece atención permanente para orientar y recibir denuncias. La ciudadanía puede comunicarse las 24 horas al 0414-1479723, asimismo, las autoridades reiteran que celebrar con responsabilidad garantiza el bienestar de los más jóvenes.
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