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El INTT impone estas multas a motorizados "malaconducta"

Jueves, 22 de febrero de 2024 a las 06:58 am
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Con frecuencia los motorizados incurren en acciones tipificadas como infracciones en la Ley de Tránsito Terrestre y que conllevan multas.

2001 elaboró un listado con las faltas más frecuentes y el monto de la multa en términos de Unidades Tributarias (UT).

El artículo 169 de la Ley de Tránsito Terrestre dice que las autoridades sancionarán con 10 UT a quienes incurran en las siguientes infracciones:

Conducir vehículos sin haber obtenido la licencia, desatender indicaciones de los semáforos, conducir vehículos sobrepasando el límite permitido de velocidad.

Según el Apartado de Sanciones Menos Graves, el artículo 170 de la Ley, establece multas de cinco UT para los conductores de motocicletas que:

-Circulen entre canales o paralelamente a otro vehículo en movimiento a más de sesenta kilómetros por hora (60 Kmh).

– Circulen cambiando frecuentemente de canal o pasando indistintamente al centro, a la izquierda o a la derecha de la vía.

– Transporten más de dos personas

– Transporten carga con peso mayor a 90 kilogramos, a menos que estén especialmente acondicionadas para ello.

– Transporten carga u objetos cuyo volumen dificulte la conducción del vehículo.

Otras infracciones

– Circulen o estacionen en áreas destinadas para los peatones u otros modos no motorizados.

– Conduzcan en contravía.

– No utilicen los cascos o elementos de protección.

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Adicionalmente, el Parágrafo Único de la ley señala que la autoridad competente en la materia debe establecer un canal exclusivo para la circulación de motociclistas en las autopistas y vías de circulación rápida hasta tanto.

Los motociclistas deben circular por el canal de hombrillo, y si alguien contraviene esta disposición, la ley sancionará con cinco UT, de acuerdo a lo que este artículo establece.

Multas por documentos vencidos

En cuanto a las Sanciones Leves, el artículo 171 precisa que las autoridades sancionarán con multas de tres UT a quienes incurran en las siguientes infracciones:

Conducir vehículos con licencia o título profesional vencido, o no portarlo al serle requerido por la autoridad competente.

Conducir vehículos con el Certificado Médico de Salud Integral vencido, o no portarlo al serle requerido por la autoridad competente.

El artículo 173 de las Sanciones Muy Graves dice que las autoridades sancionarán con multas de 100 UT a los conductores de vehículos que realicen competiciones de velocidad o “piques” en las vías públicas.

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El artículo 188 de la Ley de tránsito dice que los infractores deben pagar las multas en la respectiva oficina receptora de fondos dentro de los 30 días hábiles siguientes contados a partir de la notificación.

Una vez vencido el plazo, los intereses de mora se acumularán desde la emisión de la multa hasta que se pague.

Consultar en el INTT si el usuario tiene multas

El usuario, quien ya cuenta con un usuario activo en el portal web del INTT, puede conocer su estado, si se encuentra multado y el porqué.

De tal manera, debe ingresar al portal oficial del INTT y cumplir con los siguientes pasos:

  • Entrar a la sección de consulta.
  • Selecciona la opción de consulta: multas de tránsito o infracciones.
  • El usuario debe de ingresar su número de cédula o, en tal caso, la placa del vehículo

En esta pestaña, el usuario puede ver el estado de su multa, determinar cuánto dinero tiene que pagar y entender por qué lo multaron.

Además, la página despliega todas las infracciones que el conductor posee en ese momento.

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