Todos sabemos la cantidad de problemas que existen en los condóminos muchas veces, son fortuitos, pero en algunos casos son de una manera u otra, buscados.
¿Qué queremos decir con esto? que siempre existirán problemas del condominio a los cuales hay que buscar una solución.
Problemas que sabemos existen y existirán.
Mas allá que la solución en el horizonte sea a través de una decisión de la junta condominio, o a través de una decisión de la asamblea de copropietarios; esto lo hemos explicado en muchas ocasiones.
Hasta aquí no hay mayor problema.
El problema surge cuando o no se toman las decisiones que se deben tomar, o se toman las decisiones por un pequeño grupo, o una sola persona dentro de la junta de condominio, lo cual normalmente, en nuestra experiencia, es en detrimento de los otros copropietarios.
Cómo ejemplo damos la cantidad de casos que no llegan sobre reparaciones de áreas comunes que afectan a algún copropietario en particular; siendo uno de los problemas más comunes la impermeabilización de la azotea del edificio.
La impermeabilización de la azotea del edificio es obligación de la comunidad ya que es un área común; cuando esta área no es oportunamente mantenida, puede causar daños a los apartamentos directamente abajo normalmente conocidos como los PH.
Cuando esto sucede, esos daños causados a los apartamentos individuales, son responsabilidad directa también de la comunidad.
Esto por no haber actuado oportunamente en sus obligaciones de mantener, conservar y reparar la cosa común.
Siguiendo con el ejemplo de la azotea, este no es un daño “sorpresa”, es decir, este no es un daño que pasa de la noche a la mañana.
La filtración o daño por falta de mantenimiento de la azotea, es algo que sucede a lo largo del tiempo.
No puede la JDC, o alguien de la comunidad, a decir que repentinamente sucedió la filtración y ahora no hay dinero o tiempo para arreglar la azotea.
Precisamente esa falta de preparación y de diligencia por parte de la JDC, puede y seguramente, causa otras consecuencias; tal como, los daños que puedan causarse al apartamento en particular.
Ahora bien, esos daños extras, ahora causados a los apartamentos, también pasan a ser responsabilidad de la comunidad.
Las personas, somos responsables por acción y por omisión.
Es decir, somos responsables por nuestros actos; pero también, si estamos obligados a hacer algo, y no lo hacemos, también somos responsables de las consecuencias por la falta de acción de nuestra parte.
Creemos, que se ve claramente, como este principio general del Derecho, aplica en los miembros de la JDC.
Hay otras situaciones además de la azotea, como, por ejemplo, una pared que tiene peligro de colapsar, por la razón que sea. Una conexión eléctrica que amenaza con algún tipo de falla o corto.
Un ascensor, que tiene tiempo avisando que va a dejar de funcionar; que ya no sirven “pañitos calientes”
Muchas de estas situaciones, en muchos casos, son previsibles y prevenibles. O al menos, su puede ir buscando los recursos para su solución.
Depende de la mala gerencia de algunas JDC por lo cual no se realizan los arreglos oportunamente.
No puede ser, que algún tipo de reparación o arreglo en un inmueble, dependa de una decisión personal de algún miembro de la JDC.
Existen vías para exigir, tanto la reparación, como la responsabilidad de esa persona. Lamentablemente, son vías costosas, pero existen.
Aquí es donde deseamos enfatizar, que si existen acciones contra estas arbitrariedades, abusos ni negligencia por parte de algunas JDC.
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(Daniel Natale es abogado especializado en condominios e inmuebles)
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