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Temporalmente queda prohibido según una publicación en la Gaceta Oficial N° 40.351, el envío o traslado de encomiendas particulares desde Venezuela hacia Colombia, entre los que se encuentran alimentos frescos o procesados y bebidas en todas sus presentaciones, productos de higiene personal, productos para la limpieza del hogar, insecticidas y similares, productos farmacéuticos o medicamentos, entre otros.
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Según señala el oficio, el material quirúrgico no podrá ser trasladado por operadores postales públicos o privados, empresas dedicadas a actividades de encomienda o correo, o empresas de transporte de personas o de carga, tal como está reflejado en el artículo 1 del Decreto Presidencial 782.
2014-02-11