La partición de bienes, en términos legales, es la división de varias partes entre dos o más partes. Esta distribución suele ser de patrimonio, herencia o cualquier activo que haya formado parte de una sociedad conyugal.
En caso de divorcio, la partición de bienes es la distribución de todos aquellos patrimonios obtenidos durante la unión que se reparten entre los involucrados.
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La partición se hace de acuerdo a lo que le corresponde a cada una de las partes, por lo que se reafirma el derecho de cada una de ellas sobre las partes en disputa.
Esta partición de bienes se realiza a través de instrumentos por los cuales, de mutuo acuerdo o juicio, se hace posible la división de los activos.
Requisitos
Este procedimiento, en materia judicial, solo pone como único requisito que ambas partes del litigio deben tener carácter de comunidad con las partes en disputa.
Esto quiere decir que ambas partes deben tener alguna relación directa con lo disputado. El procedimiento judicial está establecido en el Código Civil y se procederá según sea el caso si juicio o mutuo acuerdo.
El abogado que lleve el proceso solicitará los documentos y pruebas necesarias para demostrar la implicación legal de las partes en las materias de conflicto.
La demanda de la partición procederá en la medida que el proceso se determine y se establecerá la proporción en que se repartirán los activos.
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