El estado de Florida está endureciendo las normativas de tráfico de manera drástica, transformando la manipulación de placas vehiculares en un delito que conlleva consecuencias penales.
La entrada en vigor de la Ley HB 253 (House Bill 253) a partir de octubre de 2025 representa un cambio significativo para los conductores, quienes ahora se enfrentarán a multas de hasta $5.000 y penas de cárcel por acciones que antes sólo resultaban en una infracción menor.
Prohibiciones clave: de infracción a delito menor
La nueva legislación reclasifica la alteración intencional de las placas como un delito menor de segundo grado, según se establece en las enmiendas a los Capítulos 316.605 y 320.061 de los Estatutos de Florida.
¿Qué acciones prohíbe la ley de placas vehiculares en Florida?
El estatuto prohíbe expresamente cualquier modificación que afecte la apariencia o la legibilidad de la matrícula.
Los conductores no deben cambiar el color original, aplicar sprays, películas, tintes o usar cubiertas transparentes, ahumadas o polarizadas.
También queda prohibido el uso de marcos o recubrimientos decorativos que cubran cifras, letras o el sello de autenticidad.
La Patrulla de Carreteras de Florida (FLHSMV) advierte que cualquier elemento que altere la visibilidad de la identificación del vehículo resulta ilegal.
¿Cuáles son las sanciones iniciales?
Violaciones a esta sección se castigan con hasta 60 días de cárcel y una multa de hasta $500, según lo indican varios bufetes de abogados especializados en tráfico que analizan el impacto de la ley.
Dispositivos para ocultar placas: la amenaza de delito grave
La Ley HB 253 introduce el concepto del "dispositivo para ocultar patentes" (Estatuto 320.262).
Este estatuto prohíbe la compra, posesión, fabricación, venta o distribución de dispositivos, ya sean manuales, electrónicos o automáticos, que estén diseñados para cambiar, voltear u ocultar las placas de los vehículos.
Las consecuencias legales por estar involucrado con estos dispositivos son serias:
- Posesión o compra: Se considera un delito menor de segundo grado.
- Fabricación o venta: Se clasifica como un delito menor de primer grado, lo que puede resultar en hasta un año de cárcel y una multa de $1.000.
- Uso en la comisión de un crimen o para evadir a la policía: Esto se considera un delito grave de tercer grado, con penas de hasta cinco años de prisión y multas que pueden alcanzar los $5.000.
Las autoridades están trabajando para prevenir el fraude, la evasión de peajes y cámaras de luz roja, así como la suplantación de autoridad, asegurando que todos los vehículos sean fácilmente identificables.
La recomendación principal es revisar la placa de manera regular, asegurándose de que esté limpia, en la ubicación correcta y completamente libre de cualquier obstrucción o alteración.
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