El próximo 25 de febrero de 2023, vence la exoneración del pago del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF).
La Gaceta Oficial extraordinaria N° 6.689, de fecha 25 de febrero de 2022 publicó el decreto presidencial N° 4.647 donde se establece la aplicación del IGTF a las operaciones con moneda extranjera y se determinan las transacciones que resultaron exoneradas por 12 meses.
Es importante recordar que la la reforma de la Ley a las Grandes Transacciones Financieras se aplica en las operaciones que se cancelen en monedas distintas al bolívar o el Petro.
En tal sentido, se termina el periodo de exoneración a los débitos o retiros relacionados con la liquidación del capital o intereses de los títulos negociados a través de las bolsas valores, realizados en moneda extranjera o en criptomonedas o criptoactivos no emitidos por Venezuela.
Se vence el plazo de las siguientes exoneraciones:
-Pagos en bolívares con tarjetas de débito o crédito nacionales e internacionales desde cuentas en divisas, a través de puntos de pago debidamente autorizados por las autoridades competentes, salvo los realizados por los sujetos pasivos especiales.
– Pagos en bolívares con tarjetas de débito o crédito nacionales e internacionales desde cuentas en divisas, a través de puntos de pago debidamente autorizados por las autoridades competentes, salvo los realizados por los sujetos pasivos especiales.
– Cancelación en moneda distinta a la de curso legal en el país o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela, realizados a personas naturales, jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica que no están clasificados como sujetos pasivos especiales.
– Las remesas enviadas desde el exterior, a través de instituciones autorizadas para el efecto.
En colaboración con PwC Venezuela.
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