2001.com.ve | Nota de prensa
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró procedente la "tercera ampliación" de la solicitud de extradición pasiva, propuesta por el Reino de España, contra el ciudadano de nacionalidad española Vicente Lamarca Sánchez, por la presunta comisión del delito contra la Hacienda Pública española.
Indica la sentencia N° 337 de la referida Sala que a fin de garantizar plenamente los derechos del ciudadano, la extradición está supeditada al compromiso por parte del Reino de España, de lo siguiente: no podrá ser juzgado por otros hechos distintos a los señalados en la “tercera ampliación” de la solicitud de extradición, cometidos con anterioridad a la misma; además, en caso de proferirse decisión condenatoria, deberá tomarse en consideración, para el cómputo de la pena, el tiempo transcurrido desde la fecha de su detención en la República Bolivariana de Venezuela, es decir, el 14-10-17.
Ordena el fallo de la Sala de Casación Penal, con ponencia de su vicepresidenta, magistrada Elsa Janeth Gómez Moreno, mantener la medida de privación judicial preventiva de libertad de Vicente Lamarca Sánchez, hasta que se realice la entrega del mismo.
Evidenció el máximo juzgado venezolano, luego de analizar la documentación enviada por el Reino de España, referida a la “tercera ampliación” de la solicitud de extradición, así como los principios generales que se aplican en materia de extradición, que en el presente caso se cumple con los requisitos necesarios para la procedencia de la misma.
2018-11-23
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