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Por someter a una mujer a la esclavitud sexual hay penas de hasta 20 años

Miércoles, 22 de noviembre de 2017 a las 08:00 pm
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AVN

Entre 15 y 20 años puede ser la pena para quien someta a una mujer a la esclavitud sexual, delito que se encuentra tipificado en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. 

La ley contempla, en su articulo 47, que con esos años de prisión es sancionado todo aquel que prive de su libertad a una mujer para explotarla sexualmente mediante la compra, venta, préstamo u obligándola a realizar uno o más actos sexuales.

En Venezuela, delitos como este pueden ser denunciados por las mujeres agredidas, parientes consanguíneos o afines, personal de salud de instituciones públicas y privadas, las defensorías de los derechos de la mujer, los consejos comunales y demás formas de organización popular.

Las instancias para formalizar estas denuncias son los tribunales de violencia contra la mujer, que ha creado el Gobierno Nacional en todo el país.

Al cumplirse una década de la promulgación de esta ley orgánica, el Gobierno continúa esfuerzos para garantizar la protección de las mujeres. Por esta razón, trabaja en la campaña La paz comienza en casa, no más violencia contra las mujeres, cuyo lanzamiento se realizó el 01 de noviembre pasado. 

Debido a la participación protagónica, que durante los últimos años han tenido las venezolanas, en la Asamblea Nacional Constituyente también se instaló la Comisión Constituyente para la Equidad e Igualdad para la Mujer que permitirá generar propuestas sobre la ampliación de los derechos fundamentales de las mujeres.

2017-11-23