La Justicia francesa confirmó hoy la condena dictada contra la aerolínea Easyjet por discriminación hacia tres discapacitados, en la que se le obligó a pagar una multa de 70.000 euros.
El Tribunal de Apelación de París ratificó la sentencia dictada en enero del año pasado por el Tribunal de Bobigny, al norte de la capital, que había considerado un "ataque contra la dignidad humana" que la compañía de bajo coste impidiera el embarque a esas tres personas por no ir acompañadas.
Además de los 70.000 euros de multa, EasyJet tendrá que pagar 2.000 euros a cada uno de los tres demandantes en concepto de daños y perjuicios, y un euro simbólico a la Asociación de Paralíticos de Francia, que se constituyó como parte civil.
Los hechos por los que se dicta la condena tuvieron lugar en noviembre de 2008 y en enero de 2009 en el aeropuerto parisino de Charles de Gaulle, y la compañía argumentó en su defensa que tiene como política de empresa solicitar que los discapacitados viajen acompañados por motivos de seguridad.
Easyjet se refirió entonces a la reglamentación europea, en uno de cuyos artículos se contempla que se pueda exigir a un pasajero discapacitado o con movilidad reducida que vaya acompañado de otra persona que le garantice la asistencia, y negó haber tenido alguna intención discriminatoria.
El tribunal, según indicaron hoy a Efe fuentes judiciales, estimó hoy que esos puntos del reglamento comunitario son solo recomendaciones sin valor jurídico, e hizo valer la primera condena al considerar que Easyjet buscaba con su rechazo limitar sus gastos de funcionamiento. EFE