La investigación sobre el trágico colapso del club Jet Set continúa arrojando avances significativos.
En los últimos días, se dio a conocer la decisión del Ministerio Público de inmovilizar los bienes pertenecientes a las empresas Inversiones E y L SRL y Jet Set Club, vinculadas a Antonio Espaillat.
Con esta medida legal, que le prohíbe al empresario transferir bienes en movimiento, el Ministerio Público busca asegurar posibles responsabilidades civiles y penales que puedan derivarse de las investigaciones.
Así como también, garantizar los derechos económicos de las víctimas y sus familiares.
¿Cuál es la mirada de los expertos?
El abogado Manuel Bordas realizó un análisis preliminar al caso del Jet Set y el papel que cumple el Ministerio en las investigaciones, según reseñó De Último Minuto.
Según Bordas, entre los diferentes elementos que han sido estudiados, "hay unos que han pasado desapercibidos en el debate público" y han sido considerados por el Ministerio Público.
Se trata del artículo que sustenta al Ministerio Público para incautar los bienes del propietario del club en virtud de la Ley núm. 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
Dicha orden permite solicitar el congelamiento de bienes cuando se investiga uno de los delitos tipificados en la ley.
Aunque no es una convocatoria de sentencia, sino una medida provisional, la orden protege los bienes vinculados en caso de una eventual condena.
Asimismo, el abogado indicó que todo el proceso recae en el enfoque holístico que el Ministerio debe adoptar a la hora de investigar no solo las causas físicas del colapso del club, sino el funcionamiento integral de la empresa.
Con ello, el abogado se refiere a: su estructura legal, su régimen laboral, sus obligaciones fiscales y su administración financiera.
"Por ejemplo, si como parte de esa investigación se comprueba que se mantenían empleados sin registrar en la TSS, que se evadían impuestos a través de operaciones en efectivo no reportadas, o que existían ingresos no declarados, estaríamos en presencia de delitos precedentes del lavado de activos. Y, conforme a la ley, estos pueden conllevar sanciones penales de hasta veinte (20) años de prisión", expresó Bordas.
Además, señaló que si dentro de la investigación se detectan indicios de favores "indebidos" o autorizaciones irregulares en el proceso de construcción, también se estaría frente a otro delito precedente del lavado de activos.
No obstante, el abogado exhorta a no realizar juicios anticipados, sino observar con detenimiento y transparencia el proceso, mientras las autoridades actúan.
"Lo importante aquí no es acusar a nadie, sino reflexionar sobre cómo los hechos pueden tener múltiples ramificaciones jurídicas, y cómo detrás de un evento lamentable puede estar latente una realidad más compleja que merece ser investigada a fondo", dijo el abogado.
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