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Inmigrantes en EEUU: Conoce el nuevo importe a pagar por actualización de domicilio

Jueves, 04 de julio de 2024 a las 03:10 pm
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El formulario I- 130 es el primer paso de petición que presenta una persona residente en Estados Unidos, para ayudar a algún familiar que quiere emigrar al país. Según información oficial se aprobó un nuevo importe a pagar para actualizar los datos cargados en esta planilla, como la dirección de domicilio.

La USCIS es el organismo que aprueba o no esta petición. Usualmente es aceptada la solicitud si la persona solicitante valida un vínculo cualificado con el familiar que desea migrar.

Al completar el Formulario I-130, petición de Familiar Extranjero, es importante asegurarse de que el peticionario seleccione sólo una opción al indicar si solicita un ajuste de estatus dentro de Estados Unidos o el procesamiento consular fuera de Estados Unidos.

Los cambios afectan el formulario I-130. Este documento es fundamental para el proceso, porque es a partir de su presentación que todo el trámite se inicia. Específicamente, al presentar ese formulario la persona debe informar a la USCIS su dirección actual y si desea un procesamiento consular con el Centro Nacional de Visas (NVC) del Departamento de Estado o un ajuste de estatus en Estados Unidos, si resulta elegible.

La falta de esa información, según explican desde la agencia, puede retrasar todo el proceso de visa de inmigrante o ajuste de estatus. Para realizar correcciones se requiere la presentación del Formulario I-184, que también posee tarifas actualizadas.

Este es el nuevo importe a pagar

Formulario I-130

  • Presentación general 675 dólares
  • Presentación en línea 625 dólares
  • Si el pedido es en nombre de nacionales afganos el formulario será gratuito hasta el 30 de septiembre de 2024.
  • Si se va a presentar un Formulario I-130 a nombre de su familiar afgano cuyo país de nacimiento no es Afganistán, se debe escribir “OAW” en la parte superior del Formulario I-130 para ser considerado para una exención de tarifas vigente hasta el 30 de septiembre de 2024.
  • Aquellos peticionarios que desean ser considerados para la exención de tarifas y cuyo familiar nacional afgano no nació en Afganistán, no pueden presentar su petición en línea. Debe completar una versión impresa del Formulario I-130 (PDF, 715.81 KB) y seguir las instrucciones para presentar dicho formulario por correo postal.

Formulario I-824 (corrección de errores)

  • Presentación general 590 dólares

Excepciones tasa 0 presentaciones que afecten a:

  • Un traductor o intérprete afgano o iraquí;
  • Un nacional iraquí empleado por o en nombre del Gobierno de Estados Unidos;
  • Un nacional afgano empleado por el gobierno de Estados Unidos o en su nombre o empleado por la Fuerza Internacional de Asistencia para la Seguridad (ISAF); o
  • Un beneficiario derivado de uno de los anteriores.

Con información de LaNación.com

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